Cómo y por qué renunciar a una herencia

Ante cualquier duda, los expertos aconsejan aceptarla a beneficio de inventario

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Javier Martínez

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Antes de aceptar una herencia conviene preguntarse por la situación económica y financiera de la persona fallecida, ya que, al aceptar los bienes, se acepta también las deudas que el difunto pudiera tener acumuladas. En los casos en los que se tenga alguna duda sobre las finanzas del fallecido, lo más recomendable es aceptarla a beneficio de inventario, como explica la experta en Derecho Fiscal María José Reillo: "Aceptarla a beneficio de inventario significa que las posibles deudas solamente se pagarían con el patrimonio de la herencia, y nunca con el del heredero. Eso significa que solo se recibe, si lo hubiese, el dinero que quede después de liquidar las deudas. Esto te permite protegerte de sorpresas desagradables".

Por eso, es la decisión más sensata: "Si se tiene alguna duda sobre la situación financiera del fallecido, lo más prudente es tomar esta precaución". Para hacerlo, simplemente hay que contactar con el notario, como explica el artículo 1011 del Código Civil. "Hay que hacer una declaración formal ante notario de que aceptas la herencia a beneficio de inventario", explica Reillo.

Una medida de prevención, teniendo en cuenta que algunas de las deudas del difunto pueden mantenerse ocultas durante años, ya que la Agencia Tributaria puede seguir realizando comprobaciones fiscales en los años posteriores al fallecimiento: "Hacienda puede tener un procedimiento abierto contra la persona y los herederos pueden no enterarse hasta años después". Cabe recordar, eso sí, que, aunque se heredan las deudas, no se heredan las sanciones: "Las deudas de carácter punitivo no son transmitibles. Las multas y sanciones administrativas no se heredan".

No obstante, el aceptar la herencia a beneficio de inventario es un procedimiento que cuesta tiempo y dinero, por lo que si se tiene la certeza de que el balance es negativo, lo ideal es renunciar directamente a la herencia.

¿Qué pasa cuando alguien fallece sin testamento ni herederos o estos renuncian a la herencia? Que los bienes pasaría a pertenecer al Estado. "Pero no las deudas, porque el Estado siempre hereda a beneficio de inventario".

Otro de los inconvenientes que se puede dar al recibir la herencia es que los herederos tengan dificultades para asumir el pago del impuesto de sucesiones, especialmente en Comunidades como Aragón, Andalucía o Asturias, que tienen unos tipos altos. "Es un mito que lo que se pague sea superior a lo que se hereda, porque siempre se tributa por un porcentaje de la herencia. Lo que sí puede suceder es que los herederos no tengan liquidez para afrontar el pago. Por ejemplo, si tú heredas un inmueble valorado en una cantidad vas a tener que tributar por él, por lo que si no dispones de suficiente dinero líquido para pagar, quizá tengas que venderlo". En los casos en los que se piensa que el inmueble va a ser complicado de vender o en los que la Administración sobrevalore notablemente su precio real, conviene plantearse la opción de renunciar.

En resumen, antes de asumir una herencia, conviene reflexionar sobre las posibles deudas acumuladas por el difunto. Y en caso de duda, asumirla a beneficio de inventario.

 

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