Cádiz CF
Manuel Vizcaíno, presidente del Cádiz CF, absuelto en el 'caso Invercaria'
El tribunal ha acordado absolver a los tres acusados de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por los que fueron juzgados en junio y julio
Cádiz - Publicado el - Actualizado
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La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha exculpado al actual presidente del Cádiz CF, Manuel Vizcaíno Fernández y a su hermana María Ángeles, socios de la empresa Own & Spa Desarrollos SL., así como a Tomás Pérez-Saquillo, expresidente de la empresa de capital riesgo de la Junta de Andalucía. De las siete sentencias notificadas hasta ahora en este sumario troceado en piezas sobre las distintas ayudas supuestamente irregulares, cuatro se han resuelto con una condena y tres con la absolución del expresidente de Invercaria y los empresarios beneficiados con ayudas.
Invercaria, como se llama la sociedad, lleva una década en el punto de mira de la Justicia por las inversiones con dinero público en proyectos empresariales a menudo ruinosos o de dudosa viabilidad entre 2005 y 2010, durante la etapa de los gobiernos socialistas, cuando manejó hasta 60 millones de euros.
En una sentencia notificada este jueves a las partes, el tribunal ha acordado absolver a los tres acusados de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por los que fueron juzgados durante los pasados meses de junio y julio. El proceso giraba en torno a la supuesta irregularidad de un préstamo participativo de 150.000 euros concedido por Invercaria a dicha empresa con sede social en Bormujos, Sevilla, y cuyo promotor y consejero fue el presidente del Cádiz CF, Manuel Vizcaíno. Su objeto social consistía en el diseño, construcción y puesta en marcha de «instalaciones de ocio relacionadas con el agua destinadas al buen cuidado físico y de la salud o de relajación o mantenimiento corporal».
El tribunal absuelve a los tres investigados al entender que, en este caso y tras el análisis de la prueba practicada, «no se evidencia que los acusados, con la conducta enjuiciada, incurrieran, bien por acción directa, bien por inducción, en una actuación respecto de la disposición de fondos públicos con un apartamiento grosero y manifiesto del Derecho, apartamiento del Derecho que una resolución prevaricadora/malversadora exige para ser calificada de tal, por lo que tampoco puede estimarse que existiese malversación», según la resolución de la que informa el TSJA en una nota de prensa.
El proyecto empresarial promovido por Own&Spa «era serio y real» y «fue suficientemente estudiado, documentado, analizado e informado por los técnicos de los departamentos de Invercaria».