El Colegio de Arquitectos valora que se puedan abrir puertas en fachadas de locales del casco para vivienda

El juez destaca que "sin tratarse de fachadas protegidas" no ve daño a la protección del casco

El Colegio de Arquitectos valora que se puedan abrir puertas en fachadas de locales del casco para vivienda

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba ha valorado este jueves "la importancia" de una sentencia del Juzgado de Instrucción número 1 que avala la apertura de accesos directos desde la calle a locales comerciales convertidos en vivienda en el casco histórico de la ciudad.

Según ha informado la entidad en una nota, "el juzgado ha obligado a la Gerencia Municipal de Urbanismo a conceder licencia a un arquitecto que solicitó abrir un acceso directo a un local desde el viario público en la calle Buen Suceso". Al respecto, el organismo autónomo justificó la negativa asegurando en su informe técnico que "se incumplía lo que exige el artículo 47.4 del Plan Especial de Protección del Casco Histórico (Pepch): que 'el acceso a todas las viviendas de las edificaciones plurifamiliares debe producirse desde el patio principal y su galería'".

El arquitecto denunciante, representado por los servicios jurídicos del Colegio Oficial de Arquitectos, defendía que "esta norma no ha de aplicarse en los edificios preexistentes al Pepch (2001), sin patio principal ni galería desde donde acceder al local que se transforma para uso residencial". Además, en su recurso argumentó que "la GMU había tenido un criterio dispar ante estos casos, porque sí había concedido licencia en una obra similar, en la Plaza Ramón y Cajal".

Así, el juez da la razón al Colegio de Arquitectos al entender que "la Gerencia ha de establecer de cara a los administrados 'un criterio preciso y adecuadamente motivado; no voluntarista y antojadizo' y que 'no sea distinto' para casos similares". El magistrado, en su sentencia, también afea al organismo "la ausente motivación que le hace conceder licencia en estos casos para uso residencial público --apartamentos turísticos-- y no para uso residencial privado".

"QUE EL CASCO TENGA MÁS VIDA"

El juez destaca que "sin tratarse de fachadas protegidas" no ve daño a la protección del casco por "la apertura de accesos desde el viario público o incluso nuevos huecos en fachada"; "al contrario, parece razonable y adecuado, para que el casco histórico tenga más vida y ocupación", según expone. Contra este dictamen, la GMU no ha interpuesto recurso alguno en el plazo establecido para ello.

El juez reconoce el derecho del demandante a que se le conceda la licencia solicitada. En este sentido, el COACo considera que "esta sentencia viene a ratificar la necesidad de unificar y publicar los criterios interpretativos de la normativa urbanística que vienen aplicando los técnicos de la GMU, al objeto de que este tipo de situaciones no vuelvan a repetirse".

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