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Crimen de los Montes de Málaga: por qué el sospechoso cumplió la cuarta parte de una pena anterior

Una experta en Derecho Penal explica por qué el detenido por la muerte del joven David cumplió 28 años de prisión por cuatro muertes, a pesar de que había sido condenado a 123 años

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Permanece en prisión provisional, comunicada y sin fianza José Jurado Montilla, alias TITI, acusado del asesinato de David, un joven de 21 años que murió en agosto de 2022 en los Montes de Málaga. Los investigadores creen que fue asesinado de un tiro por la espalda y que después fue rematado en el suelo y que el autor del crimen fue ese hombre, que fue condenado a 123 años de cárcel como autor de cuatro muertes en la provincia en los años ochenta.

Se le condenó a 123 años de prisión, pero apenas cumplió una cuarta parte de la condena. Estuvo 28 años entre rejas porque “con el antiguo Código Penal, nadie se encuentra encerrado más de treinta años y con el actual se llega a cuarenta años de cumplimiento efectivo” de condena en prisión, como explica en COPE Málaga la profesora de Derecho Penal de la Universidad CEU San Pablo, Ángela Casals.

UN “DURO” CÓDIGO PENAL

La experta asegura que el Código Penal español es uno de los más “duros” de nuestro entorno. “Para mí, el Código Penal español es uno de los más duros de toda Europa, con la prisión permanente revisable”, asegura la experta en Derecho Penal.

En este caso, hablamos de un criminal reincidente: ya cumplió condena por cuatro homicidios y ahora se le atribuye un quinto asesinato. El hecho de ser reincidente... ¿le abocaría a una pena mayor si es condenado por el asesinato del joven David en los Montes de Málaga? Según la profesora Casals, “la reincidencia lo que va a provocar es un aumento de la pena final”. “La reincidencia va a provocar que esté más tiempo en prisión”, concluye.

PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE

Ante un criminal reincidente, ¿cabría la petición de prisión permanente revisable? Según a profesora de Derecho Penal de la Universidad CEU San Pablo, la respuesta es que no, puesto que no se trata del tipo de delito penado bajo esta figura, entre ellos “matar a un jefe de Estado, casos de terrorismo o asesinatos hiperagravados”.

El sospechoso, que ya está en prisión, negó la autoría del crimen de David en su declaración en el juzgado que instruye el caso.

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