ECONOMÍA

El mapa que muestra las cuotas de autónomo que se pagan en cada país de Europa

El sistema de cotización es diferente dependiendo del país en el que te encuentres y la actividad que realices

Mapa de Europa

Emilio Guerrero

Málaga - Publicado el - Actualizado

5 min lectura

Ser trabajador autónomo conlleva beneficios y también perjuicios para la persona que está dada de alta en este sistema. Muchos emprendedores no tienen más remedio que cumplir estos requisitos para poder trabajar y llevar un sueldo a su casa. Cada vez que hay alguna revisión de la cuota de autónomo, millones de personas están pendientes de como puede afectarles esa modificación.

En España, según los últimos datos arrojados por el Instituto de la Seguridad Social, hay registrados 3.315.545 trabajadores autónomos, de los que se sosprecha que hasta 200 mil no están activos. El primer trimetre de 2022 hasta 55 mil autónomos se han dado de baja.

Muchas personas tienen dudas del coste a pagar por darse de alta como autónomo y sí realmente le merece la pena si el sueldo que van a percibir no es muy elevado. En este sentido, la cuota mínima a la Seguridad Social que tiene que pagar un autónomo en España es de 294 euros al mes, es decir, el 30,6% de su cotización para los que cobran la base más baja, de 960,6 euros, según lo dispuesto en la Ley 22/2021.

Pero este sistema, no es el mismo en todos los países de Europa, en muchos varía dependiendo la actividad a la que se dedican o las ganancias que perciban.

FRANCIA

Los autónomos del país vecino están exentos de pagar la cuota el primer año que se hayan dado de alta. Es a partir del segundo ejercicio cuando tienen que pagar el CFE que es similar al IRPF que tenemos en España. Su importe varía en función del volumen de su negocio y del tipo de actividad.Por ejemplo, los trabajadores que se dedican a actividades comerciales pagan el 12% , si se trata de servicios el 21,3% y el 18,3% cuando se trata de profesiones liberales.

Otro detalle a tener en cuanta es el abono de cuotas que varía dependiendo de su facturación. Si es menos a los 7 mil euros anuales, el porcentaje a pagar será del 14,5%; y si sus ingresos se elevan por encima de los 80 mil euros anuales el porcentaje a pagar asciende al 48%. Estas cuotas cubren la asistencia sanitaria, la jubilación, la incapacidad temporal y las pensiones por invalidez o por viudedad.

PORTUGAL

Otro país con el que compartimos frontera tiene un sistema diferente al nuestro. Al igual que en Francia, durante el primer año están exentos de abonar la cuota. El cálculo de la cuota se establece calculando el 70% de la media de ingresos de cada trimestre y a este resultado se le aplica un 21,4% de impuestos. El pago mínimo va desde los 20 euros hasta una cuota máxima de 1.138€ para aquellos que más ingresen. Este pago les permite ser beneficiarios de pensiones de invalidez o vejez.

En Portugal, el IRPF se denomina IRS y los autónomas que ingresen menos de 12.500 euros anuales están exentos del pago.

ITALIA

En Italia no hay una cuota fija mensual. Los autónomos que cobren 4.800 euros al año o menos, están exentos de pagar impuestos. Los trabajadores dados de alta en autónomo pagan el 23% si cobran hasta 15.000 euros al año; el 27%, si reciben entre 15.000 y 28.000; el 38%, hasta los 55.000 euros; el 41% ,si se mueven en una horquilla de entre los 55.000 y los 75.000 euros; y el 43%, para los que reciben un sueldo de a partir de esa cantidad.

ALEMANIA

En el país teutón, la cuota varía también en función de los ingresos. Es por ello que hay que tener en cuenta que que el tipo impositivo alemán oscila entre el 14% y el 45%. Para todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta sin límite de cuota existe una desgravación básica del impuesto sobre la renta de casi 10.000 euros. En concreto, si los ingresos son superiores a esta cifra y hasta los casi 58.000 euros al año, el trabajador debe pagar entre el 14% y el 42%. Si gana entre 57.918 y 274.612, la cuota es fija del 42%. De ahí en adelante, el porcentaje asciende hasta el 45% de los ingresos.

REINO UNIDO

El sistema británico contempa dos tipos de autónomos: los de clase 2 y los de clase 4, y eso va a depender de los ingresos. El primer grupo paga 3,05 libras a la semana (casi unos 15€ al mes) a la Seguridad Social si sus ingresos se mueven entre los 6.515 libras anuales (7.800 euros) y los 9.569 (11.500 euros).

Para el segundo grupo, se devuelve el 9% de sus ingresos si cobra entre 9.569 y 50.270 libras (entre 11.500 y 60.400 euros) anuales. Si los ingresos son superioes tendrán que pagar el 2%. Haciendo los calculos, las cifras serían muy parecidas a las que se pagan en España.

En cuanto al pago del IRPF, la retención incluye cuatro tramos. Los que reciben ingresos inferiores a los 12.570 libras anuales, no están obligados a aplicar retenciones. Para los que se encuentran entre los 12.571 (15.100 euros) y los 50.270 libras anuales (60.400 euros), tienen que aplicar un 20%. Los profesionales con ingresos entre 50.200 y 150.000, se retienen un 40%. Y para los que cobren un sueldo superior a los 150.000 libras, unos 180.300 euros, deben añadir un impuesto sobre la renta del 45%. El pago del IVA no es obligatorio pagarlo si el autónomo no factura más de 85.000 libras anuales (102.200 euros) y, en caso de que ingrese una cantidad superior, es del 20%.

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