ECONOMÍA

Seguridad Social: cómo puedes cotizar sin trabajar

Cotizar es una obligación de toda persona que esté trabajando pero hay supuestos en los que sin tener actividad laboral también es posible seguir cotizando

Seguridad Social: cómo puedes cotizar sin trabajar

Redacción COPE Sevilla

Sevilla - Publicado el

2 min lectura

Cotizar según la seguridad social es “la acción por la cual los sujetos obligados aportan recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social en virtud de su inclusión en dicho Sistema, por el ejercicio de una actividad laboral”.

La obligación de cotizar nace desde el inicio de la actividad laboral y se mantiene durante todo el período en que el trabajador desarrolle su actividad.

En teoría pero sólo en teoría, la única forma para cotizar es tener un trabajo. En la mayoría de los casos es así pero lo cierto es que hay fórmulas por las que seguir cotizando incluso aunque no se esté activo laboralmente.

La fórmula la contempla la propia Seguridad Social que busca cubrir las necesidades y situaciones de diferentes trabajadores. Para ello ha establecido los denominados convenios especiales que permiten cotizar sin trabajar en determinados casos.

La Seguridad Social define sus convenios especiales como acuerdos suscritos de forma voluntaria por los trabajadores con la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de generar, mantener o ampliar, el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social, y con la obligación de abonar a su exclusivo cargo, las cuotas que corresponden.

Para poder acogerse a esta fórmula hay que cumplir con ciertos requisitos por lo que primero habrá que tener claro si la persona que quiere optar por esta fórmula reúne las condiciones que exige la Seguridad Social.

Si te encuentras en alguna de las situaciones recogidas para suscribir un convenio especial, ten en cuenta que la Seguridad Social te exige un periodo mínimo de cotización en la entidad que se fija en 1.080 días en los doce años inmediatamente anteriores a la baja en el régimen de la Seguridad Social de que se trate.

Lo que tendrás que hacer si te acoges a un convenio especial es hacerte cargo de tu cotización, pagando una cuota que dependerá de los años cotizados y la categoría profesional. Con esta fórmula podrás lograr una pensión en caso de que consigas completar si te faltaban, los días que se exigen para tener este derecho. O bien podrás mejorar la cotización y en consecuencia también la pensión que vayas a cobrar.

También te puede interesar:

Escucha en directo

En Directo COPE MÁS SEVILLA

COPE MÁS SEVILLA

En Directo COPE SEVILLA

COPE SEVILLA

Herrera en COPE

Herrera en COPE

Con Carlos Herrera

Lunes a viernes de 06:00h a 13:00h

Programas

Último boletín

13:00H | 30 MAR 2025 | BOLETÍN