Castilla-La Mancha
CastillaLa Mancha, una de las primeras autonomías en aplicar las medidas del Gobierno de España para la revisión excepcional de precios de los contratos públicos de obras
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El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, ha destacado que, con este acuerdo, se solventa parte de los problemas que les está ocasionando a los adjudicatarios de obras públicas el incremento del precio de las materias primas y, en consecuencia, de los materiales de construcción, “con el fin de no paralizar ninguna de las obras de los planes de infraestructuras que tenemos o queremos poner en marcha”.
Ruiz Molina ha precisado que el Real Decreto–Ley “se refiere, sólo y exclusivamente, a los contratos de obras, que éstas deberán estar en ejecución a la entrada en vigor de esta norma y que solo afecta al incremento de precios de determinados materiales, concretamente los siderúrgicos, bituminosos, aluminio o cobre.
El consejero ha señalado que el Ejecutivo autonómico trasladará al Ministerio de Hacienda y Función Pública una serie de propuestas, centradas en ampliar el ámbito de aplicación de la norma a los contratos de servicios e, incluso, de suministros. Igualmente, planteará la necesidad de ampliar los materiales que pueden estar afectados por la subida de precios y de eliminar el 20 por ciento como tope para la revisión de precios.
Toledo, 22 de marzo de 2022.– Castilla–La Mancha será una de las primeras comunidades autónomas en aplicar las medidas de carácter extraordinario contenidas en el título II del Real Decreto–Ley 3/2022, de 1 de marzo, del Gobierno de España, para permitir una revisión excepcional de los precios de determinados contratos públicos de obras afectados por la subida del coste de los materiales.
Así lo ha destacado hoy el consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, en una rueda de prensa en la que ha dado a conocer el acuerdo del Consejo de Gobierno que permitirá aplicar en la Comunidad Autónoma y en las entidades locales de Castilla–La Mancha las medidas contenidas en la mencionada norma.
Ruiz Molina ha resaltado que con este Real Decreto–Ley se solventa parte de los problemas que les está ocasionando a los adjudicatarios de obras públicas el incremento del precio de las materias primas y, en consecuencia, de los materiales de construcción y ha subrayado que el acuerdo tiene la principal finalidad de “no paralizar ninguna de las obras de los planes de infraestructuras que tenemos o queremos poner en marcha”.
En este sentido, ha explicado que “el incremento de los costes era imprevisible en el momento de la licitación de unos contratos que ahora muestran dificultades en su ejecución y cuyos operadores se ven afectados”.
Principales aspectos del Real Decreto–Ley
El titular de Hacienda y Administraciones Públicas ha detallado los principales aspectos del Real Decreto–Ley 3/2022, de 1 de marzo, según el cual, la revisión excepcional de los precios de los contratos del sector público resulta de aplicación incluso en aquellos supuestos en que no procediese conforme a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, bien por no haberse pactado en el contrato, bien por no haber transcurrido el periodo mínimo de dos años establecido en la mencionada norma.
Ruiz Molina también ha precisado que el Real Decreto–Ley “se refiere, sólo y exclusivamente, a los contratos de obras, por lo que no se prevé esta revisión para otro tipo de contratos, como los de suministro o servicios.
Asimismo, ha indicado que es necesario que la obra se encuentre en ejecución a la entrada en vigor del Real Decreto–Ley y que solo afecta al incremento de precios de determinados materiales, concretamente los siderúrgicos, bituminosos, aluminio o cobre. En este punto, ha incidido en que “no se incluyen los precios de la energía por considerar el Gobierno que ya ha adoptado medidas en este ámbito”. Finalmente, ha hecho hincapié en que la cuantía de la revisión excepcional no podrá ser superior al 20 por ciento del precio de adjudicación del contrato.
Procedimiento para la revisión excepcional de precios
En cuanto al procedimiento, el consejero ha señalado que el contratista deberá realizar una solicitud, que debe presentarse en el plazo de dos meses a contar, bien desde la entrada en vigor del Real Decreto–Ley, o bien desde la publicación de los índices mensuales de los precios de los componentes básicos de costes, relativos al último trimestre de 2021.
Del mismo modo, ha explicado que la cuantía resultante, una vez comprobado que se reúnen las circunstancias establecidas, se aplicará en la certificación final de la obra, pero el órgano de contratación estará facultado para realizar pagos a cuenta a la fecha de pago de cada certificación de obra. Además, el titular de Hacienda y Administraciones Públicas ha resaltado que el contratista que perciba la cantidad resultante de esta revisión excepcional deberá repercutir al subcontratista la cuantía que le corresponda por la parte de obra subcontratada.
Obra pública para contribuir a la generación de empleo
Ruiz Molina ha afirmado que en el Gobierno regional “tenemos claro que la obra pública y el sector de la construcción son claves para contribuir a la generación de empleo, así como para mejorar la calidad de los servicios públicos que se prestan desde la Administración” y ha añadido que estas medidas conllevarán una disminución del número de resoluciones de contratos, una menor litigiosidad y un mayor porcentaje de ejecución presupuestaria.
Por último, el consejero ha indicado que, a petición del Ministerio de Hacienda y Función Pública, el Ejecutivo autonómico le trasladará una serie de propuestas para la flexibilización de esta nueva norma, centradas en ampliar el ámbito de aplicación a los contratos de servicios e, incluso, de suministros. Igualmente, el Gobierno regional planteará la necesidad de ampliar los materiales que pueden estar afectados por la subida de precios y de eliminar el 20 por ciento como tope para la revisión de precios, con el fin de “adecuarlos a las circunstancias”, ha concluido.
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