¿Sabes cómo solicitar las ayudas municipales para el pago del alquiler de comercio, hostelería y turismo?

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Ante la crisis sanitaria y económica originada por la pandemia del Covid-19, el Ayuntamiento de Burgos ha regulado las Bases de ayudas al alquiler de bienes inmuebles para empresas y autónomos pertenecientes a los sectores de comercio, hostelería, turismo y otras actividades ubicados en el municipio de Burgos, respondiendo a la situación urgente o de grave necesidad producida por la disminución de sus rendimientos económicos, generadas por la entrada en vigor de las medidas de suspensión temporal de la apertura al público de bienes inmuebles y de limitación de libertad de circulación de las personas.

Plazo de presentación:

Jue, 30/04/2020 - Jue, 28/05/2020

Solicitantes:

Podrán resultar beneficiarios de la prestación aquellas personas físicas, personas jurídicas (incluyendo cooperativas, empresas mercantiles y en su caso sociedades civiles) y comunidades de bienes legalmente constituidas, cuyo domicilio social/y o fiscal se encuentre en el término municipal Burgos y que realicen su actividad en establecimientos comerciales, de hostelería, turismo y otras actividades en la ciudad de Burgos y que cumplan con los requisitos establecidos en el punto 4.2 de la BASE CUARTA.

Lugar y forma de presentación:

Las solicitudes se deberán presentar en un plazo máximo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos a través de los medios especificados en la BASE OCTAVA. Se admitirá una única solicitud por persona física o jurídica.

Plazo de presentación de solicitudes:

del 30 de abril al 28 de mayo de 2020 (ambos incluidos).

Registros auxiliares habilitados:

Para la presentación de la declaración responsable y documentación referida a esta convocatoria se han habiltado cuatro registros auxiliares presenciales (a mayores del Registro General del Ayuntamiento) en los siguientes Centros Cívicos, que estarán habilitados a partir del 4 de mayo de 2020:

- Centro Cívico San Agustín

- Centro Cívico San Juan

- Centro Cívico Capiscol

- Centro Cívico Río Vena

El horario de todos los Registros (auxiliares y General) será de lunes a viernes de (festivos no incluidos) en horario de 9.00 a 14.00 horas

Aclaraciones

1. Aquellos solicitantes que hayan renogociado a la baja el precio del alquiler con el arrendador y no coincida el importe abonado con el importe que figure en contrato, deberá presentar a la solicitud un documento firmado donde indique esta situación y el importe que efectivamente se abona al arendador diferenciando base imposible e IVA en los meses de marzo, abril y mayo.

2. Aquellos solicitantes que por acuerdo con el arrendador solamente vayan a abonar uno o dos de los meses subvencionados, deberá dejar constancia de este hecho en un documento firmado que se adjunte a la solicitud.

3. Solamente se admitirá una solución por registro electrónico

http://www.aytoburgos.es/ayudas-y-subvenciones/bases-de-ayudas-al-alquiler-de-inmuebles-pertenecientes-a-los-sectores-de-comercio-hosteleria-turism

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