Fuentepelayo Unidad Popular recuerda que el dueño de la planta de compostaje aún no ha entrado en prisión
La sentencia se dictó en septiembre del año pasado
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El portavoz del grupo municipal Fuentepelayo Unidad Popular, José Luis Ordóñez, recordó hoy que, siete meses después, no ha ingresado en prisión el dueño de la planta de compostaje, condenado por el Juzgado de lo Penal n.º 2 de Segovia. Por otro lado, en el Juzgado de Cuéllar, por actuación de la Fiscalía, están las diligencias para el esclarecimiento de la presunta comisión de delitos de prevaricación por omisión, de falsedad en documento público y de actuación contra el ejercicio de los derechos cívicos, por parte de Alcaldía y Secretaría del Ayuntamiento de Fuentepelayo.
El 6 de septiembre de 2022, la magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 de la Provincia de Segovia acordó que una vez firme la sentencia de prisión del propietario de la planta de compostaje, se requería al penado para que ingresara en prisión, en un centro penitenciario, “en el plazo de diez días, con apercibimiento de que, de no hacerlo voluntariamente, se ordenará su búsqueda, detención e ingreso en prisión, salvo que en el mismo plazo, ejecute las actuaciones que se impusieron en sentencia, en cumplimiento de la responsabilidad civil”, según el auto
Desde Fuentepelayo Unidad Popular remarcaron que, tras más de siete meses, ni ha ingresado en prisión, ni se ha procedido a la gestión y compostaje de los residuos existentes en la planta y sus instalaciones, pena a la que fue condenado por la sentencia 24/2019 del Juzgado de lo Penal número 1 bis de Segovia. “Dichas instalaciones están abandonadas desde que, en enero de 2016, fue decretado su cierre por la Junta de Castilla y León”, recordó Ordóñez.
Este grupo municipal presentó ante la Fiscalía Provincial de Segovia dos denuncias contra el Alcalde de Fuentepelayo y la Secretaria del Ayuntamiento de dicha localidad y, en consecuencia, dicha institución remitió el procedimiento al Juzgado de Instrucción de Cuéllar para que en él se incoen las diligencias previas, para el esclarecimiento de los hechos denunciados de acuerdo con los artículos 390 y 542 del Código Penal.
Solicitaron al entonces alcalde, Jesús Daniel López Torrego que se actuase, ante las denuncias ante el Seprona de la Guardia Civil. El 12 de diciembre de 2018, denunció el ejercicio de una actividad económica de ganadería ovina en una finca del paraje de ‘La Marujada’ sin la correspondiente licencia ambiental, y el denunciado reconoció que ejercía la actividad en la dicha finca con unas 400 ovejas, mientras que el 25 de marzo de 2019, denunció la existencia de unas viviendas ilegales, falsos vestuarios, en unos antiguos cebaderos cerca de la laguna de La Llosa.
Fuentepelayo UP resaltó que la prevaricación, el delito de infracción de un deber, por parte de una Autoridad, queda consumada en la doble modalidad de acción u omisión, cuando ignora y desatiende la aplicación de la legalidad mediante una actuación arbitraria. Este tipo de comportamiento quiebra la credibilidad en las instituciones que tiene la ciudadanía y la confianza que ellas deben merecerle, porque, como custodios de la legalidad, el alcalde y la secretaria tienen una obligación máxima.
Una quiebra que puede producir efectos devastadores en la ciudadanía pues nada consolida más el estado de derecho que la confianza en que sus instituciones actúan de acuerdo con la Ley y que, por tanto, el que se aparta de la norma recibe la adecuada sanción que restablece aquella confianza rota.