El Juez Instructor propone la victoria por 3-0 en el “aplazado” CD.Numancia – Lleida Sportiu

El club catalán dispone de diez días para presentar alegaciones. La resolución trascurridos 10 días la deberá dar el Comité de competición de la RFEF.

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Más de un mes después tenemos noticias del partido que el Numancia tenía “aplazado” frente al Lleida. Todo surge cuando el club catalán informa de varios casos positivos de COVID en su equipo, la sorpresa saltó con un comunicado de la plantilla en el que los jugadores manifestaban que esos positivos no eran tales y que ellos “querían jugar”. EL Numancia presentó una reclamación que la RFEF aprobó y dejó en manos del Juez Instructor para que se hiciesen las oportunas investigaciones y se decidiese sobre la resolución de este caso.

Un mes después el Juez Instructor ha hablado y ha dicho que “propone al Comité de Competición la pérdida del partido al Lleida Esportiu. Además de la pérdida de los puntos y la victoria del Numancia por 3-0. Propone además una multa económica mínima de 3.006 euros”.

Esta propuesta del Juez Instructor se ha comunicado hoy a los clubes que tienen un plazo de diez días para formular alegaciones. Transcurrido ese plazo, el expediente se elevará al Comité de Competición de la RFEF para su resolución definitiva.

¿Qué significa?

Esta noticia no significa que el Juez con las investigaciones realizadas, propone, según la ley una multa al Lleida y los 3 puntos para el Numancia con resultado de 3 a 0. Si el Lleida presenta alegaciones, el Juez único las verá, revisará todo y tomará la decisión definitiva.

Podría pasar tiempo, mínimo 2 semanas, hasta que el Numancia vea reflejados en la clasificación los 3 puntos.

Comunicado oficial CD.Numancia

El Juez Instructor de la RFEF ha hecho pública hoy su propuesta de sanción al Comité de Competición, relativa al partido que tenían que haber jugado el C. D. Numancia y el Lleida Esportiu el pasado 9 de enero en Los Pajaritos, correspondiente a la 17ª jornada del campeonato liguero en Segunda RFEF (Grupo III) y que se aplazó por la carta remitida por el club catalán a la RFEF, en la que solicitó el aplazamiento por una serie de casos COVID-19 en su club.

Esta propuesta de sanción conlleva la pérdida del partido al Club Lleida Esportiu, además de la pérdida de los puntos y la victoria del Numancia por 3-0, proponiendo una multa económica mínima de 3.006 euros.

Analizado el expediente y a juicio del Instructor y salvo mejor criterio del o?rgano sancionador, los hechos probados permiten concluir que el Club Lleida Esportiu no ha cumplido con las obligaciones previstas para aquellas situaciones en las que se detectan casos de Covid-19, ya que adema?s de no constar informacio?n bastante en relacio?n con las altas de los jugadores que contrajeron la enfermedad (con el objeto de determinar el nu?mero de futbolistas disponibles para haber disputado el partido), asi? como Don?a Helena Palaci?n Fornons no practico? ninguno de los test o pruebas para la deteccio?n de virus, y que la doctora tampoco rubrico? la carta por la que el Club Lleida Esportiu solicitaba el aplazamiento del encuentro, permite concluir la comisio?n de la infraccio?n tipificada en el art. 68 del CD de la RFEF, relativo a conductas contrarias al buen orden deportivo.

Esta propuesta del Juez Instructor se ha comunicado hoy a los clubes -Lleida y Numancia-, que tienen un plazo de diez días para formular alegaciones. Transcurrido ese plazo, el expediente se elevará al Comité de Competición de la RFEF para su resolución.

Herrera en COPE

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Con Carlos Herrera

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