El juez rechaza un recurso de los dueños del hotel Sidi Saler de Valencia para poder reabrirlo
Contra esta decisión cabe recurso. Además, todavía falta que se resuelva el otro procedimiento pendiente, relativo en la desestimación de la licencia de obras.
Valencia - Publicado el - Actualizado
3 min lectura
El juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de València ha rechazado el recurso interpuesto por las mercantiles propietarias del Sidi Saler contra la resolución del Ayuntamiento de València que declaraba la caducidad de la licencia de actividad del hotel.
Acció Ecologista Agró, ha mostrado su acuerdo con esta sentencia referida a la primera demanda encaminada a abrir el hotel, y permanece a la espera que se resuelva el otro procedimiento pendiente, relativo en la desestimación de la licencia de obras.
Los ecologistas afirman que salen reforzados con este fallo judicial e insisten en que continuarán defendiendo L'Albufera, pues consideran que el único proyecto compatible con la conservación del parque natural es demoler el Sidi Saler y recuperar de una vez por todas el cordón dunar.
Las mercantiles Divarian y Coral Homes recurrieron la resolución del Ayuntamiento de València de octubre de 2022 que desestimó el recurso de reposición frente a la resolución de julio de ese año que declaraba la caducidad de la licencia de actividad del hotel Sidi Saler, alegando defectos de forma, especialmente competenciales y procedimentales.
Las demandantes afirmaban que no se les podía aplicar el artículo de la ley de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana, que prevé que las licencias ambientales caducan cuando la actividad o instalación se paralizan durante un plazo superior a dos años, excepto en caso de fuerza mayor.
Alegaban que la concesión de dominio público por parte de la Demarcación de Costas se produjo en 2020, y que debido a la complejidad del proyecto y la epidemia de la covid-19 no se había podido poner en marcha nuevamente el hotel, y que la declaración de caducidad de la licencia de actividad era una estrategia del equipo de gobierno dirigida al derribo del hotel.
Sin embargo, el Ayuntamiento de València señaló que el hotel estaba cerrado desde el año 2011, que no se solicitó prórroga hasta 2022, y que las posibles situaciones de fuerza mayor tan solo se daban desde 2019, pero no desde 2011.
La sentencia rechaza los argumentos de las mercantiles, atendiendo a que el plazo de dos años había transcurrido y que no existe ninguna fuerza mayor que pueda justificar la carencia de solicitud de prórroga o la carencia de actividad del hotel.
Añade el juzgado que hubo paralización de actividad desde el año 2011 al 2019, y que el retraso por parte de Demarcación de Costas al otorgar la concesión demanial no es motivo imprevisible, pues la delimitación se produjo en 2008 y no fue hasta el 2018 cuando se solicitó una concesión compensatoria.
El juzgado descarta la existencia de desviación de poder y de romper, pues afirma que la ubicación de un hotel en un parque natural "necesariamente supone una controversia de naturaleza política que puede transcurrir en paralelo al ejercicio de la potestad administrativa" y el carácter reglado del contenido del acto administrativo "no dejaba margen para su libre ejercicio".
Esta sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y hay pendiente otro procedimiento en el Juzgado de lo contencioso número 9, por la desestimación de la licencia de obras, del que Acció Ecologista espera la sentencia durante este mes o en noviembre.