El fiscal pide prisión permanente revisable para el acusado del asesinato de Manuela Chavero

Chavero desapareció en julio de 2016, y sus restos mortales fueron más de cuatro años después hallados en una finca que fue propiedad del acusado

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Redacción COPE Badajoz

Badajoz - Publicado el - Actualizado

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El presunto autor del crimen de Manuela Chavero en Monesterio en 2016 se enfrenta a una condena de prisión permanente revisable en el juicio con jurado que se prevé que pueda celebrarse en 2024.

El acusado, Eugenio D. H., se encuentra en prisión provisional comunicada y sin fianza desde el 20 de septiembre de 2020 si bien está privado de libertad desde el día 17 de aquel mismo mes, fecha en que fue detenido por agentes de la Guardia Civil.

Cabe recordar que Chavero desapareció en julio de 2016, y sus restos mortales fueron más de cuatro años después hallados en una finca que fue propiedad del acusado.

En su escrito de calificación, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal le considera autor de un delito de asesinato tipificado y penado en el art. 139.1.1a (alevosía) y 4a (evitar el descubrimiento

de un delito cometido anteriormente), en relación con los arts. 140.1.2 (subsiguiente a un delito contra la libertad sexual) y 140 bis.1.

Asimismo, pide la prohibición de acercarse a menos de 1.000 metros de sus familiares en cualquiera que sea el lugar donde se encuentren, o a su domicilio o centro de trabajo o estudios, así como de comunicarse por

cualquier medio con ellos, por tiempo de diez años superior al tiempo de la condena privativa de libertad, mismo periodo en el que pide que sea sometido a libertad vigilada.

Igualmente, en concepto de responsabilidad civil solicita indemnizaciones para sus hijos, padres y hermanos que superan en total los 471.400 euros.

RELATO DE LOS HECHOS

En sus conclusiones, el fiscal recoge que el 5 de julio de 2016, alrededor de las 2,15 horas, el acusado, que entonces tenía 23 años, se dirigió a la vivienda de la víctima al haber advertido desde el exterior que ella se encontraba dentro de la casa sin haberse aún acostado.

Chavero, que contaba con 42 años, estaba sola en la casa, pues se había divorciado y sus dos hijos menores de edad estaban pasando la quincena vacacional con su padre, tal como correspondía a los acuerdos del divorcio.

Una vez en su casa el acusado entabló una conversación con ella, a la que conocía desde hacía muchos años, y la convenció para que lo acompañara hasta la vivienda familiar del propio acusado, sita a unos 80 metros de distancia, y que este usaba esporádicamente.

Para ello, el acusado utilizó la excusa de devolverle una cuna que ella le habría prestado para que la usara una pareja de amigos que lo visitaron el año anterior acompañados de una niña de corta edad.

Chavero salió de su casa con la finalidad de recoger la cuna y volver inmediatamente a su domicilio, por lo que dejó una lámpara del salón, la luz de la cocina y la televisión de esta misma estancia encendidas, y en su propia casa dejó también su móvil, su bolso y sus llaves, utilizando para cerrar la puerta de la casa unas llaves que habitualmente usaba su hijo menor de edad cuando se hallaba en ella y que estaban depositadas en un mueble al lado de la puerta de entrada.

Ya en el interior de la vivienda de la familia del acusado, en la que estaban solos, él la abordó sexualmente para, posteriormente, con la finalidad de producir la muerte de la víctima a fin de ocultar su acción delictiva, le propinó diversos golpes.

Esta agresión le provocó un traumatismo facial con fractura de varios dientes superiores y arrancamiento del incisivo central izquierdo; fractura del hueso nasal derecho; y fracturas en ambos rebordes inferiores de las órbitas de los ojos, con estallido del suelo de la órbita. Asimismo, un traumatismo costal con fracturas de dos áreas a ambos lados de las costillas.

Como consecuencia de estos golpes y lesiones, unidos a la utilización de un mecanismo de producción no exactamente determinado, presumiblemente, asfíctico, el acusado "consumó su propósito" causándole la muerte.

NO PUDO DEFENDERSE NI PEDIR AUXILIO

El fiscal refleja la imposibilidad de la víctima de pedir auxilio dado el lugar y la hora en la que se produjo el crimen, así como la "gran diferencia" de complexión física entre ambos, pues el acusado era una persona más joven y mucho más corpulenta que ella.

Todas estas circunstancias, en su conjunto, fueron utilizadas, según el fiscal, "intencionadamente" por el acusado para "asegurar el éxito de su acción eliminando la posibilidad de defensa" de la víctima, y también para lograr su propia impunidad.

Una vez causada la muerte, cargó su cuerpo en un vehículo de su propiedad y lo transportó hasta una finca en la mañana del 5 de julio de 2016, donde la enterró totalmente desnuda, envuelta en una sábana y un albornoz y atada con cuerdas.

El cuerpo permaneció en este lugar hasta el 18 de septiembre de 2020, cuando sus restos fueron desenterrados por agentes del Equipo Central de Inspección Ocular de la UCO de la Guardia Civil en presencia del acusado, su abogado, el Fiscal, el médico forense y del resto de la comisión judicial del Juzgado de Instrucción no 1 de Zafra.

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