A disposición judicial el conductor de un vehículo que publicó en RRSS un vídeo en el que circulaba a 220 km

Puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 6 a 12 meses

Autovía

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Subsector de Tráfico de Cáceres, han conseguido identificar y poner a disposición judicial al conductor de un turismo que fue grabado por su acompañante, quien posteriormente subió el vídeo a una red social mientras conducía, a una velocidad de 220 kilómetros por hora, por la autovía autonómica EX-A2, donde la velocidad máxima permitida es de 120 kilómetros por hora.

Los hechos sucedieron el pasado 11 de octubre cuando el Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Subsector de la Guardia Civil de Cáceres, tuvo acceso a un vídeo publicado en la red social Instagram en el que puede apreciarse como un vehículo circulaba por la autovía autonómica EX-A2 (tramo de la provincia de Badajoz), a una velocidad de 220 kilómetros por hora.

Del estudio e investigación del perfil de la persona que “cuelga” el vídeo, así como de su entorno, la Guardia Civil pudo identificar tanto al conductor del vehículo como a la persona responsable de su publicación.

El conductor, un varón de 27 años de edad y nacionalidad española, fue investigado y puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Guardia de Don Benito (Badajoz), por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial, consistente en circular superando en más de 80 kilómetros por hora la velocidad permitida reglamentariamente.

La Guardia Civil quiere concienciar a los ciudadanos en general y a los usuarios de las carreteras en particular, del peligro que genera este tipo de conductas tratándose, además, de un delito expresamente recogido en el artículo 379 del Código Penal, el cual puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 6 a 12 meses o la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, con privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

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