JUSTICIA
Condenan a Navantia a indemnizar a Rafael Pillado con casi 128.000 euros por su exposición al amianto
La sentencia será recurrida por su abogado ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia
Ferrol - Publicado el - Actualizado
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El Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol ha admitido de manera parcial la reclamación presentada por Rafael Pillado, extrabajador de la antigua Bazán, hoy Navantia, afectado por un cáncer de pulmón a consecuencia de su exposición al amianto durante su etapa como trabajador en los astilleros ferrolanos.
De esta manera, en la sentencia, se condena a la empresa naval publica a indemnizar a este jubilado en 127.909,22 euros, una cantidad muy lejana a los más de 379.000 euros que se reclama en la demanda.
De todas maneras, su abogado, Suso Porta, ya ha trasladado, en declaraciones a COPE Ferrol, que este fallo será recurrido a una instancia superior, al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), al estimar que dicha indemnización no se corresponde con el daño causado.
Actualmente Pillado, que fue uno de los fundadores de CCOO en Galicia y miembro destacado del PCE, además de concejal en el Ayuntamiento de Ferrol, sufre un mesotelioma, para que el que está recibido tratamiento oncológico.
POLVO EN SUSPENSIÓN
El juicio se celebró el pasado martes, 20 de septiembre y en la sentencia se recoge que Pillado debía de permanecer con frecuencia en las cámaras de máquinas de los buques, tanto de nueva construcción como de reparación, “en las que existía polvo de amianto en suspensión”, y que por parte de la empresa “no realizaba mediciones para conocer la concentración de amianto en el ambiente, ni proporcionaba a los trabajadores elementos de protección específicos”.
A la vista no se había presentado la empresa demandada y en la sentencia se recoge que la enfermedad que padece este operario del sector naval ya jubilado, teniendo en cuenta varios informes médicos, estima que existe una relación con su actividad profesional, por lo que establece una indemnización de 57.905,22 euros, a los que hay que sumar los daños derivados “de la pérdida de calidad de vida”, a consecuencia del cáncer que padece, fijando por ello una cuantía de otros 70.000 euros.