Una heredera en Ourense denuncia a la cuñada que se transfirió 47.000 euros de la cuenta de su padre, pero no hay estafa

Todo comenzó en 2019, tras el fallecimiento de un hombre con una herencia que se repartía entre 20 herederos y una fortuna de más de 90.000 euros

Fachada de edificio en la ciudad de Ourense en España

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José Manuel Nieto

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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha confirmado la absolución de dos mujeres acusadas de apropiación indebida, estafa y falsedad documental en el marco de un complejo conflicto familiar por una herencia en Ourense. Todo comenzó en 2019, tras el fallecimiento de un hombre cuya fortuna debía repartirse entre 20 herederos. El foco de las disputas fueron dos cuentas bancarias que el difunto compartía con su cuñada desde 2007, sumando un saldo total de 96.242,96 euros.

La tensión estalló cuando la cuñada retiró 35.814 euros antes del fallecimiento y, posteriormente, 12.000 euros más desde las cuentas compartidas, transfiriendo los fondos a cuentas propias y de su hija. Estas operaciones despertaron sospechas entre los demás herederos, en especial una de las beneficiarias que decidió interponer una denuncia, alegando que las transferencias habían reducido el dinero a repartir. La acusación particular insistió en que las acciones de la cuñada y su hija no solo disminuyeron el monto global de la herencia, sino que también vulneraron los derechos del resto de herederos.

El conflicto se agravó cuando se cuestionó la autenticidad de ciertos documentos presentados para justificar los movimientos bancarios. Según la acusación, algunas firmas parecían falsificadas, y se sospechaba que las acusadas habrían alterado datos relacionados con la liquidación del Impuesto de Sucesiones. Además, la cuñada solicitó a cada heredero 450,11 euros para cubrir gastos relacionados con el entierro y otras gestiones, aunque tres de ellos se negaron a pagar, alimentando aún más la disputa familiar.

Vista panorámica del horizonte de la ciudad gallega de Ourense visto desde las afueras

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El caso llegó inicialmente a un juzgado de primera instancia en 2020 y, tras la absolución de las acusadas por la Audiencia Provincial de Ourense, la denunciante presentó un recurso ante el TSXG. No obstante, el tribunal reiteró el principio de presunción de inocencia recogido en el artículo 24 de la Constitución Española, subrayando que cualquier duda debe favorecer al acusado. Según el TSXG, las sospechas y las tensiones familiares, aunque comprensibles, no son suficientes para sostener una condena penal sin pruebas contundentes.

sin pruebas de delito penal

El TSXG destacó que las pruebas presentadas no demostraron de forma concluyente los delitos de apropiación indebida, estafa y falsedad documental. En su fallo, el tribunal recordó que las transferencias de dinero desde cuentas compartidas no constituyen automáticamente un delito, ya que la cotitularidad implica el derecho de ambas partes a disponer de los fondos, salvo que se demuestre un uso ilícito, lo cual no ocurrió en este caso.

La sentencia remarcó que las diferencias entre los herederos respecto a la gestión de los fondos deben resolverse a través de la vía civil, no penal. En este sentido, el TSXG aclaró que las controversias sobre la distribución de una herencia o la presunta mala gestión de las cuentas familiares no siempre escalan al ámbito criminal, sino que deben canalizarse mediante demandas civiles para determinar si hubo un perjuicio económico o un incumplimiento de las obligaciones testamentarias.

En palabras del tribunal, no se acreditaron indicios suficientes para revocar la sentencia absolutoria, afirmando que “las pruebas presentadas no demostraron de manera concluyente los elementos de los tipos penales imputados”. Además, se enfatizó que el control en apelación debe centrarse en la coherencia y fundamentación de la sentencia recurrida, evitando reexaminar las pruebas ya valoradas por la Audiencia Provincial.

Muro con mancha Galiza Ceibe en la ciudad de Ourense, España

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Muro con mancha Galiza Ceibe en la ciudad de Ourense, España

La disputa familiar, aunque cerrada judicialmente en el ámbito penal, deja abierta la puerta a nuevas reclamaciones por la vía civil. Los herederos que consideren que sus derechos fueron vulnerados aún pueden emprender acciones legales en ese ámbito. Para quienes quieran profundizar más en el proceso de reparto de herencias y los trámites legales asociados, pueden consultar más información sobre el impuesto de sucesiones y las leyes testamentarias.

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