El Foco en 'La Linterna': El rechazo contundente del Tribunal Supremo a los indultos de los presos del procés

Hoy hemos conocido que el Tribunal Supremo ha rechazado de forma contundente los indultos de los presos del procés

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El Foco en 'La Linterna': El rechazo contundente del Tribunal Supremo a los indultos de los presos del procés

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Hablamos de indultos. Hoy hemos conocido el contundente informe del Supremo en contra de esta medida para los condenados por el procés. Tú has estado buceando en la jurisprudencia. ¿Qué has encontrado?

He encontrado al menos cinco sentencias de los últimos años en las que el Tribunal Supremo tumbó los indultos concedidos por el Gobierno, que recordemos es el competente para concederlos o denegarlos. Hay algunos casos en los que los argumentos son meramente formales, pero hay otros que son muy interesantes e invitan a pensar como mínimo que hay partido. Es decir, que si el Ejecutivo de Sánchez, como parece, otorga el indulto a Junqueras y el resto de condenados, podría no ser el final del camino. Recordemos que los indultos se puede recurrir ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo.

¿Y cuál te ha llamado la atención para llegar a esa conclusión?

Me llama la atención especialmente uno del que estoy seguro que se va hablar mucho estos días. Fue especialmente mediático, no sé si recordarás, mira: fue el indulto por parte del Gobierno del PP para un conductor kamikaze que mató a un joven de 25 años. Le condenaron a 13 años de cárcel y le indultaron a los 10 meses. Lo revocó el Supremo y aquella sentencia sentó doctrina. Fue en 2013. Tenía en contra al tribunal sentenciador y a la Fiscalía, como los líderes independentistas.

¿Cómo lo argumentaron?

Lo que vinieron a decir los jueces es que una cosa es que el Gobierno pueda decidir de manera discrecional y otra que lo haga de forma arbitraria. No es lo mismo. Y que la función del Tribunal Supremo es controlar eso. Y aquí es donde cobran importancia informes como el que hemos conocido hoy del Supremo. Una cosa es que no sean vinculantes y otra es que el Gobierno pueda alejarse mucho de ellos a la hora de decidir. Ya te avanzo también que en las próximas semanas vamos a escuchar mucho los conceptos de “justicia, equidad y utilidad”. Los jueces dicen que son las razones en torno a las que tiene que girar un indulto.

¿Y esa doctrina se ha expresado en algún caso desde entonces?

Sí, aquella sentencia del kamikaze se cita en casi todas las resoluciones sobre indultos dictadas desde entonces como, por ejemplo, en otro caso mediático que tuvo lugar en 2018. El Supremo rechazó el indulto a una mujer maltratada llamada María Salmerón que había sido condenada por incumplir la custodia de su hija. Los jueces dijeron que era especialmente necesario razonar los motivos para no -cito textualmente- "terminar convirtiendo la concesión del indulto en un salvoconducto para delinquir en el futuro". Ojo al encaje que esto podría tener para el caso de los líderes independentistas, que advierten de que lo volverán a hacer.

Desde luego, el rechazo del Supremo pone el acento en el nulo arrepentimiento.

Y el informe que en su día hizo la Fiscalía también fue muy contundente en contra de dar el indulto a los presos por sedición. Y en este sentido vuelve a cobrar fuerza esta sentencia que te comento del kamikaze. Advirtió que la función del TS es comprobar si la decisión adoptada, que es discrecional, guarda "coherencia lógica con los hechos que constan en el expediente" y que "de otra forma, la absoluta inutilidad del expediente de indulto resultaría clamorosa". En definitiva, Ángel, que si hay recurso, podría haber partido.

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