Caso Claudia Bavel y varios futbolistas: la pena que le puede caer por sacar las conversaciones a la luz
Los futbolistas señalados por la modelo de contenido para adultos anuncian acciones legales, pero ella asegura que han sido sus amigas quienes han filtrado los WhatsApps. En La Tarde de COPE analizamos si hay delito

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Claudia Bavel sigue dando que hablar. La modelo de contenido para adultos en la plataforma OnlyFans continúa relatando en los programas de televisión sus supuestas aventuras amorosas con varios futbolistas.
Primero fue Íker Casillas y, después, el exfutbolista del Betis, Joaquín Sánchez, con quien dice que sólo hubo un intercambio de mensajes.
De hecho, Bavel aporta como pruebas algunas de las presuntas conversaciones subidas de tono que mantuvo con ellos por WhatsApp e, incluso, audios.
Ante la amenaza de los implicados de emprender acciones legales, ella mantiene que no ha filtrado nada y que han sido sus amigas quienes han difundido el contenido de las conversaciones. Sin embargo, sigue acudiendo a los platós para relatar el tipo de relación que tenía con cada uno de los nombres que han salido a la luz.
¿es delito publicar conversaciones privadas?
Pero, ¿se considera lícito publicar una conversación privada de WhatsApp con otra persona? Especialmente si se es consciente de que el contenido puede perjudicar al otro involucrado. Sobre ello han hablado en La Tarde de COPE con el abogado experto en Tecnología del Bufete Mas y Calvet, Efrén Díaz.

Conversación de WhatsApp
Este abogado ha explicado que, efectivamente, publicar “pantallazos” de conversaciones privadas se considera un delito si no hay consentimiento.
Además, dependiendo del contenido y la finalidad de su difusión podemos estar ante distintos delitos: contra la intimidad, contra el honor y vulneración de la protección de datos personales.
vía civil y penal
Hechos que, según Efrén Díaz, tienen recorrido tanto por la vía civil como por la penal: “es perseguible en la vía civil por daños y perjuicios y en la vía penal por diferentes delitos. Aquí el Código Penal establece diferentes supuestos en función de si la publicación se produce entre las dos personas implicadas o no. También puede perseguirse si una de las dos personas, obviamente, no ha dado su consentimiento. Publicar conversaciones privadas sin permiso puede constituir una revelación de secretos y conllevar penas de prisión”.
la clave, quién difundió los mensajes
Parece evidente que no ha habido consentimiento por parte de los futbolistas. Sin embargo, la modelo mantiene que ella no ha filtrado nada, sino que las responsables son sus amigas, a quienes la propia Claudia habría mandado, supuestamente, el contenido de las conversaciones. Esa es, al menos, su versión.

Aplicación de WhatsApp
Tal y como explica este abogado, lo primero que hay que aclarar es si la filtración la realizan las amigas o la propia Claudia: “con o sin consentimiento, las amigas podrían estar incurriendo en un delito de revelación de secretos que está castigado en el artículo 197 del Código Penal. Las penas son elevadas y pueden ir de uno a cuatro años de prisión. Si Claudia Bavel facilitó que se filtraran las conversaciones, podría considerarse cooperadora necesaria o autora indirecta del delito. Por tanto, las amigas no tienen derecho a publicar nada y menos si saben, o intuyen, que se está pretendiendo un daño o se está tratando de vulnerar la propiedad privada de esa información”.
derecho a la intimidad
En cualquier caso, tal y como ha señalado el experto, el derecho a la intimidad debe prevalecer siempre, a excepción, tal y como señalan desde el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, de que haya relevancia en la información, es decir, un interés noticiable, que parece evidente que, en este caso, no existe. Es la única excepción que podría justificar una revelación por parte de las amigas o de otras personas.
“Al no tener relevancia pública, en principio, se podría producir un delito de revelación de secretos que no ampara ni el derecho a informar, ni la libertad de expresión. E, incluso, los propios periodistas y medios de comunicación podrían incurrir en responsabilidades”, explica Efrén Díaz que, en cualquier caso, ha subrayado que será el juez correspondiente quien tenga que valorar la posible relevancia pública de los mensajes y la finalidad de su difusión.