El economista Trías de Bes señala el apartado de tu nómina con el que debes tener cuidado: "Es importante"

El experto desglosa en La Tarde las partes más importantes de tu nómina laboral: ¿Cuál es la diferencia entre los devengos y las deducciones?

00:00

El economista Trías de Bes señala el apartado de tu nómina con el que debes tener cuidado: "Es importante"

Paco Delgado

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

El economista Fernando Trías de Bes explicaba este viernes en La Tarde cuáles son las diferentes partes y significados de tu nómina laboral y, concretamente, una sección en concreto con la que tienes que tener que cuidado. “Es un tema importante y es donde se complica la cosa”, apunta el experto, que también explicaba a Pilar Cisneros cuál es la diferencia entre deducciones y devengos.

Y es que, ¿entiendes lo que pone en tu nómina? ¿Te has parado bien a mirar el documento e ir concepto a concepto y sabes qué significan? Según los sindicatos la mitad de trabajadores no saben leer su nómina. La nómina es un documento obligatorio que la empresa tiene que facilitar a sus trabajadores y con carácter de factura, por lo que incluye el período de liquidación.

“Lo primero que hay que mirar es el encabezado, ¿quién me paga? Porque hay empresas que te pagan partes por corporaciones y recibe de dos pagadores distintos. No significa que se esté haciendo nada ilegal, pero hay que conocerlo”, detalla Trías de Bes. Así, el colaborador de La Tarde explicaba la diferencia entre devengos y deducciones.

ctv-vdg-referentes-marketing-fernando-trias-de-bes-1-1

Diferencia entre devengos y deducciones

Según subraya Trías de Bes, los devengos es, en resumidas cuentas, “lo que suma”. “Lo que has devengado, por lo que son los ingresos que tú recibes”. Eso sí, dentro de los devengos hay dos grandes familias: los devengos salariales, los ingresos por tu trabajo, puede ser el salario base, complementos, gratificaciones extraordinarias, los tickets de restaurantes; luego están los devengos no salariales, transporte, desplazamiento, dietas, gastos de locomoción...

Por su parte, las deducciones “es lo que resta”. Tal y como explica el economista, hay dos partes, la primera las cotizaciones a la seguridad social, entre las que están la de la empresa (aproximadamente el 80% y no resta, lo asume la empresa) y la que hace el trabajador (un 4,7% de tu salario anual).

El apartado de tu nómina laboral con el que tener cuidad

Eso sí, a partir de las deducciones hay un apartado que el propio Trías de Bes señala como un “tema muy importante”. “Donde se complica es en las pagas dobles o pagas extras, porque es algo que cada empresa puede decidir, las hay que no tienen y dividen entre 12. Luego hay otras que hacen dos medias pagas, lo dividen entre 13. El salario total no varía, incluso hay empresas que tienen 16 pagas”, explica.

ctv-adg-copia-de-copia-de-copia-de-copia-de-copia-de-copia-de-se-puede-utilizar-57

Así, según el experto lo que sucede es que “las cotizaciones a la Seguridad Social no se hacen a las extras, sino cada mes lo mismo, se divide entre 12”. “En las pagas dobles no pagas dos veces a la seguridad social”. Una situación a la que hay que tener especial cuidado porque podemos terminar el año con una importante cantidad a deber, ya que el cálculo no se ha hecho sobre el total del bruto de nuestro salario. “El IRPF es un impuesto que la Agencia Tributaria calcula, no puede cobrar una vez al año, sino que una vez al mes”, matiza.

Por otra parte, mucha gente se queja porque ha bajado el líquido porque sube la retención, pero al final del año se ajustan cuentas. “Los salarios bajos son normalmente los que devuelven y el que no hace IRPF es el que no lo percibe”, insiste Trías de Bes, que ha vuelto a recordar la importancia de hacer la declarar de la renta.

“El IRPF también merece un capítulo aparte, porque puede depender la retención hasta por el número de descendientes o por la comunidad autónoma”. Por último, Pilar le preguntaba si es importante firmar la nómina: “Sí, es casi como una factura, las empresas por lo general la entregan firmada por parte del administrador. No deja de ser un recibo y un documento legal para reclamar cual cosa a la Agencia Tributaria”, concluye.

Programas

Último boletín

04:00H | 22 DIC 2024 | BOLETÍN