Aprobada definitivamente la ley de amnistía, ¿ahora qué? Te lo explicamos en Mediodía COPE

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La ley de amnistía ha superado el veto del Senado y ha sido aprobada definitivamente en el Congreso por cinco votos de diferencia. Con 177 votos a favor y 172 en contra, ha salido adelante esta ley en una votación que nominal, diputado a diputado.

Al final, aplausos por parte de todos los grupos que han votado a favor, y caras serias entre los partidos contrarios a conceder la amnistía a líderes del 'procés' como Puigdemont, a los CDR, a los miembros de Tsunami y otras 300 personas más.

Con euforia recibía la aprobación Oriol Junqueras o Turull, que se encontraban en la tribuna de invitados del Congreso y que son dos de los posibles beneficiados por esta ley de amnistía.

En cualquier caso y después de seis meses de trámite parlamentario, nos encontramos ante un escenario repleto de incertidumbre y ante el que tenemos tres preguntas comenzando por las fechas:

¿Cuándo va a entrar en vigor esta ley?

"La publicación en el BOE sucederá como con todas las leyes que aprueban las Cortes, es decir, se realizarán los trámites que son oportunos y que son preceptivos y, por tanto, se publicará en el BOE en los próximos días", dice el ministro de Justicia, Félix Bolaños.

Eso podría llevarnos a después de las elecciones europeas ya que se tiene que publicar primero en el Boletín de las Cortes y después ser firmada por el Rey.

A partir de ahí, ¿a quién va a afectar esta ley? Pues no hay nada claro porque las cifras oscilan entre los 400 cargos públicos y activistas que estima el Gobierno y los 1.200 que llegan a calcular desde Esquerra Republicana de Cataluña o desde Junts.

Además, los fiscales que llevaron el caso del procés en el Tribunal Supremo le han dicho al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortíz, que ni Junqueras ni Puigdemont podrían beneficiarse de esta medida porque el delito de malversación no es amnistíable.

Explica la jefa de Tribunales de la Cadena COPE, Patricia Rosety, que los fiscales del procés le han recordado al fiscal general que "no se puede borrar el delito de malversación imputado a Puigdemont. La directiva europea impide la posibilidad de amnistía a los delitos que afectan a los intereses financieros de la Unión Europea".

Estos cuatro fiscales se han mostrado en contra de que la amnistía conlleve el alzamiento de las medidas cautelares y órdenes de detención, señalan a COPE fuentes fiscales, y ese es también el caso de Puigdemont.

Protagonismo de los jueces del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y tribunales de Cataluña

El tercer apartado de grandes dudas está en los posibles recursos que se presenten contra la ley y aquí es donde van a cobrar especial protagonismo los jueces que hayan investigado o juzgado cualquiera de los casos relacionados con el independentismo, especialmente, el Tribunal Supremo.

Primero tiene que publicarse la ley en el BOE, una vez publicada corresponderá a los tribunales afectados aplicarla: Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y tribunales y juzgados de Cataluña.

La aplicación no será inmediata porque la ley prevé un plazo de dos meses y, lo previsible, es que en ese tiempo se plantea una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el posible choque con el derecho europeo. Se trata de delitos de terrorismo y de malversación delitos que afectan a Puigdemont.

El Tribunal Supremo marcará la pauta. La ley borra condenas y procesamientos y deja sin efecto en teoría medidas cautelares, pero ahí está el meollo de la cuestión y ya vemos lo que han manifestado los fiscales del procés.

Pero planteada la cuestión ante Europa se paraliza el procedimiento hasta que el TJUE se pronuncie y con lo que diga Europa se pueda acudir al Tribunal Constitucional aunque también se puede plantear una cuestión directamente ante el TC.

Importante, por tanto, comprobar qué pasos dan esos jueces afectados por la ley de amnistía y ver después si esos recursos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dejan en suspenso la aplicación de esta ley.

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