Según anunció la fiscalía

Recurrirán ante el Supremo la absolución de Dani Alves

La Fiscalía, que pedía 9 años de cárcel para el exfutbolista, recurrirá la sentencia absolutoria ante el Supremo al entender que esta infringe preceptos constitucionales y principios del Código Penal.

DANI ALVES

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Dani Alves fue absuelto de un delito de agresión sexual

Agencia EFE

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La Fiscalía Superior de Cataluña ha anunciado que presentará recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia que absuelve al futbolista brasileño Dani Alves de la violación de una joven en la discoteca Sutton de Barcelona, en diciembre de 2022.

Según ha informado en una nota de prensa, el ministerio público ha formalizado este miércoles ante la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) su intención de interponer recurso, que corresponderá presentar a la Fiscalía del Tribunal Supremo. El recurso se basará en que la sentencia del TSJC que revoca la condena de cuatro años y medio de prisión que la Audiencia de Barcelona impuso a Alves infringe preceptos constitucionales y principios del Código Penal.

Dani Alves a su salida de la Audiencia de Barcelona

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Dani Alves, a su salida de la Audiencia de Barcelona

las claves de la abslución

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) absolvió al futbolista tras poner en duda la credibilidad de la denunciante, en el primer caso mediático juzgado bajo el paradigma de la ley del 'solo sí es sí'. Alves había sido condenado a cuatro años y medio de prisión, de los cuales pasó año y medio en la cárcel, en una resolución que, de acuerdo con la nueva ley, insistía en que el consentimiento debe prestarse en cada momento de la relación sexual, pero que también concitó críticas porque rebajaba la pena al futbolista por los 150.000 euros que entregó al juzgado para una eventual indemnización.

RECURSOS CRUZADOS

La sentencia no contentó a ninguna de las partes: la recurrieron tanto la Fiscalía como la acusación particular ejercida por la denunciante, a través de la abogada Ester García, y la defensa del futbolista, representado por Inés Guardiola.

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Dani Alves pasó más de un año en la cárcel.

La Fiscalía pidió al TSJC que elevara la condena a nueve años de cárcel, mientras la acusación particular solicitaba doce, en ambos casos discutiendo la atenuante de reparación del daño que la sala apreció para reducir la pena del futbolista por los 150.000 euros que pagó, una suma que la denunciante no aceptó nunca. La defensa, por su parte, mantuvo su petición de absolución del futbolista al negar la violación y, para ello, blandió las imágenes de las cámaras de seguridad de la discoteca que mostraban a la joven conversando y bailando con Alves antes de entrar en el baño y la contradicción entre las pruebas de ADN y las huellas dactilares y el relato de la denuncia.

LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD, CRUCIALES

Ese vídeo constituye uno de los puntales en los que el TSJC basa sus argumentos para absolver a Alves. No es que la sala considere que la actitud entre ambos previa a lo sucedido en el baño de la discoteca mine la credibilidad de la denuncia, pero a su parecer la versión de la joven "no se corresponde con lo que se observa en las cámaras".

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Imagen de la Audiencia de Barcelona

De hecho, el alto tribunal catalán se remite a la sentencia de la Audiencia, que también admite que la versión de la denunciante y sus amigas de que se encontraban incómodas en compañía de Alves queda desmentida por la "complicidad" que se aprecia en los fotogramas. La Audiencia de Barcelona, de hecho, apreció "déficits" en lo que explicó la denunciante y lo que se ve en las imágenes, pero concluyó que eso no invalidaba la versión de la joven sobre el "núcleo básico" de lo ocurrido y resaltó que su relato siempre había sido "coherente y especialmente persistente", a diferencia del de Alves.

EL TESTIMONIO DE LAS AMIGAS, TAMBIÉN EN DUDA

La sala juzgó "totalmente inexactas" las declaraciones de las amigas de la denunciante, especialmente respecto al ambiente de "incomodidad" que describieron en la discoteca, pese a que permanecieron durante veinte minutos "hablando, bailando y tomando copas". También esgrimió el TSJC la "amistosa despedida" de una de ellas con el amigo de Dani Alves, al que envió varios mensajes tras los hechos.

DANI ALVES Y SU ABOGADA, INÉS GUARDIOLA

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DANI ALVES Y SU ABOGADA, INÉS GUARDIOLA

"NO ME CREERÁN"

Al mosso d'esquadra que la atendió tras los hechos, la joven le expresó su preocupación por no ser creída si se decidía a presentar denuncia porque se había "besado" con Alves y había entrado al baño "voluntariamente", una conversación que está grabada por la cámara del agente.

La sentencia, sin embargo, cree que de esas palabras "no se puede deducir el efecto corroborador que le atribuye" la Audiencia de Barcelona: "son conversaciones genéricas sobre su estado de angustia, pero en ningún momento se vincula con el hecho concreto ni se hace referencia al mismo". Tampoco tiene relevancia para la sala la prueba pericial que sostenía que la víctima sufre estrés postraumático tras lo sucedido. Para la sala, ese informe "no es concluyente" ni determina en qué proporción los síntomas proceden de los hechos o del "estrés ambiental posterior"

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Dani Alves, durante el juicio por agresión sexual

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

El tribunal insiste en que no afirma en su sentencia que "la hipótesis verdadera sea la que mantiene la defensa del acusado", quien se aferra a que la relación sexual fue consentida, pese a las cuatro versiones que Alves llegó a esgrimir sobre lo sucedido en el baño. "No es decisivo para este tribunal establecer lo realmente sucedido más allá de los hechos que hemos declarado probados", argumenta el TSJC. En ese sentido, subraya la sentencia que las pruebas expuestas en el juicio no han superado los "estándares que exige la presunción de inocencia" de acuerdo con las directivas europeas y el Consejo de Europa.

Tiempo de Juego

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Con Paco González, Manolo Lama y Juanma Castaño

Sábados 13:00h-01:00h / Domingos 12:00h-01:30h