Una letrada judicial explica por qué el Tribunal Superior de Cataluña ha absuelto a Dani Alves y contradice a la Audiencia de Barcelona: "Una apreciación..."
La absolución del exfutbolista sigue envuelta en un mar de dudas, sobre todo en torno a las razones por las cuales el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha decidido tomar esta decisión

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Este viernes saltó una de las noticias que más repercusión han causado en los últimos meses: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña absolvía al exfutbolista del Barça, Dani Alves, de una presunta agresión sexual. Fue una noticia impactante para la sociedad, sobre todo porque dicho tribunal concluía que el relato de la denunciante "no era fiable"

DANI ALVES
En La Tarde de COPE, Pilar García Muñiz ha hablado con María Ángeles Carmona, letrada judicial y ex presidenta del Observatorio Contra la Violencia de Genero. "Si hay alguna duda razonable acerca de la fiabilidad en el testimonio, no se puede romper el principio de presunción de inocencia". Ese ha sido su principal razonamiento.
POR QUÉ AL TRIBUNAL NO LE VALE CON EL TESTIMONIO DE LA VÍCTIMA
Ha sido el principal argumento del espectro político de la izquierda de este país. Se preguntan por qué, con las palabras de la presunta víctima, no vale para incriminar a Dani Alves. El caso es que sí valen, pero con matices
Ángeles le ha contado a Pilar García Muñiz que "la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo da credibilidad a las declaraciones de las víctimas como única prueba de cargo", pero "siempre y cuando se cumpla con una serie de requisitos, como la persistencia de la incriminación, la ausencia de incredibilidad subjetiva y objetiva, y la veracidad del testimonio".
Eso es lo que entra a valorar esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia. Y que, por lo tanto, ha considerado que esos requisitos no se cumplían.

DANI ALVES Y SU ABOGADA, INÉS GUARDIOLA
LA AUSENCIA DE PRUEBAS, LA CLAVE
"La declaración de la víctima es la única prueba de cargo que hay", ha explicado la letrada a Pilar García Muñiz. Cuando ocurren los hechos que podrían constituir delito no hay testigos y no hay ninguna otra prueba que pueda corroborar periféricamente los hechos". Hay que tener en cuenta también, que, como los hechos ocurren en un baño, no hay cámaras.
Como nos ha contado Ángeles, la situación debe reunir escrupulosamente esos requisitos que establece la jurisprudencia ya desde hace muchísimo tiempo y desde luego debe escudriñarse al máximo, por eso se llega a esta conclusión. Ha asegurado además que "la sentencia no es firme, seguro que se recurrirá".

La vicepresidenta del Gobierno y ministra de Hacienda María Jesús Montero
LAS PALABRAS DE LA VICEPRESIDENTA MONTERO
Una de las grandes polémicas del fin de semana ha venido por las palabras de la Vicepresidenta del Gobierno, María Jesús Montero. "Qué vergüenza que la presunción de inocencia esté por delante de mujeres", aseguró el sábado.
Rápidamente, la mayoría de autoridades judiciales reaccionaron mal ante esas declaraciones, considerando que, como es evidente, la vicepresidenta no había respetado uno de los pilares fundamentales de la justicia: la presunción de inocencia