Jaque judicial a la DGT: Tráfico no podrá poner esta multa de 200 euros a los que tengan el coche aparcado

La Justicia ha tomado partido en la reclamación de usuario al que Tráfico había sancionado por algo que a muchos les ha ocurrido

Jaque judicial a la DGT: Tráfico no podrá poner esta multa de 200 euros a los que tengan el coche aparcado

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

No suele ser extraño que las multas de la Dirección General de Tráfico (DGT) sean recurridas y acaben siendo anuladas tras haberlas recurrido el usuario, pero no todos los días resuelve las dudas de tantos conductores. Y es que la resolución de la Justicia de Madrid en el caso de un demandante que había sido sancionado mientras tenía el coche aparcado ha dado la vuelta a todo el país, cambiando diametralmente la percepción de muchos propietarios de coches o motos que tienen su vehículo estacionado durante un largo período de tiempo en la calle.

Una multa que, eso sí, poco tiene que ver con la nueva normativa incluida por el organismo que dirige Pere Navarro para este pasado mes de septiembre, y que se aplica únicamente a los vehículos que están parados pero que mantengan el motor del coche encendido. Una sanción que puede llegar hasta los 100 euros y que tiene que ver con estacionamientos más temporales y breves que en el caso anterior. En cualquier caso, una medida polémica que ya está levantando ampollas entre los usuarios, que ya han mostrado su disconformidad y han acusado a Tráfico de operar con carácter recaudatorio.

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La multa de 200 euros que ha tumbado la Justicia

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 33 de Madrid ha puesto patas arribas las multas a los coches que están aparcados con la ITV caducada. Una sanción que, ya de por sí, aumentaba en el caso de que el vehículo estuviese en circulación. Ahora, la sala judicial ha fallado en favor del usuario, que había reclamado la multa: “el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica”.

Y es que, tal y como se recoge en el artículo 10 del Reglamento General de Vehículos queda subrayada la obligatoriedad de pasar la ITV cuando, textualmente, "los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica". Hay que destacar dos aspectos, el primero es que la multa en realidad puede ascender, según el reglamento, hasta los 800 euros si tienes el vehículo estacionado, y que no cabe recurso contra esta sentencia, por lo que sienta precedente jurídico.

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Nueva multa a los coches aparcados: 100 euros

Otro de los cambios de los que menos se está hablando desde su aprobación en el pasado mes de septiembre es una modificación que se aplica a los conductores que se encuentran con el coche parado. Se trata de una sanción de 100 euros a los coches que se encuentren parados en la vía pública que "deberán apagar el motor desde el inicio del estacionamiento, aún cuando permanezca en el interior del vehículo”, según recoge la nueva ley.

Hay excepciones para este tipo de casos, entre las que se encuentran los vehículos detenidos en semáforos o en vías especialmente congestionadas como atascos. La medida está dirigida a aquellos que dejen el coche en doble fila o estén parados más de un minuto. También están exentos de la norma los que tengan un vehículo de categoría 0 emisiones.

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Para más noticias consulta nuestra sección de Tráfico o consulta la web de la DGT.

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