Cómo reclamar la devolución del IRPF de la baja por maternidad y paternidad
Hacienda lanza el formulario por el que se podrá solicitar el reembolso de los cuatro años no prescritos tras la sentencia del TS
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Hacienda lanza el formulario por el que se podrá solicitar el reembolso de los cuatro años no prescritos tras la sentencia del Tribunal Supremo. La medida beneficia a más de un millón de progenitores. Se devolverán en total 1.200 millones de euros.
¿Quién puede pedir ya la devolución?
El proceso de divide en dos etapas. Aquellos afectados que tuvieron hijos en 2014 y 2015. Lo pueden pedir de esta misma tarde en la web de la Agencia Tributaria. Podrán solicitarlo hasta el 31 de diciembre. El resto, los madres y madres con niños nacidos en 2016 y 2017, tendrán que esperar hasta enero.
Desde el pasado viernes, la Seguridad Social ya no retiene el IRPF a los permisos de paternidad. Desde octubre, cuando se produjo el fallo, lleva sin hacerlo a los de maternidad. Los contribuyentes que hayan tenido retenciones este año no deben realizar ningún trámite particular. Su declaración de la Renta de 2018, que se presenta en 2019, ya incorporará las prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas serán deducibles.
¿Qué tenemos que hacer?
El formulario de solicitud es muy sencillo. Está disponible en la web de la Agencia Tributaria. Solo habrá que indicar el año o años en los que se ha percibido la ayuda y el número de cuenta bancaria donde se abonará la devolución. Esta solicitud se podrá realizar por los procedimientos telemáticos tradicionales (RENO, Clave PIN o certificado electrónico) disponibles o también, "si hay personas con dificultades", presentando el papel en las oficinas de la Agencia Tributaria.
¿Cómo rellenamos el formulario?
• Interesado. Se rellenará con los datos identificativos del perceptor de la prestación que solicita la rectificación.
• Representante. Sólo se rellenará en el caso de que el interesado actúe por medio de representante. Se harán constar los datos identificativos del representante y con la solicitud deberá aportarse la documentación acreditativa de la representación.
• Datos adicionales. Se deberán indicar los años en los que se ha percibido la prestación. Por ejemplo, si se ha percibido la prestación durante los meses de noviembre y diciembre de 2014, y enero y febrero de 2015, se deberán marcar ambos.
• Datos de la devolución. Se deberá indicar el código IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular el perceptor de la prestación (para el caso de que se desee la devolución en cuenta en el extranjero, también se deberá incorporar el código SWIFT).
• Fecha y firma. Se indicará el lugar y la fecha y se firmará el documento por el presentador de la solicitud
¿Cuánto me van a devolver?
La devolución media por maternidad será de 1.600 euros, mientras que la de paternidad rondará los 383 euros. El coste total ascenderá entorno a los 1.200 millones de euros. Los primeros reembolsos se producirán ya esta misma semana. El Gobierno prevé que en abril el dinero esté en el bolsillo de todos los contribuyentes.
¿Cuántas personas se van a beneficiar?
En total son 1,086 millones los progenitores que benefician con la medida.
¿Pueden reclamar también los funcionarios?
Sí, es una de las novedades que ha anunciado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Se extiende el reembolso del impuesto a los funcionarios que cotizan a través de mutuas profesionales como Muface. El Gobierno entiende que la situación sería injusta si este colectivo no se pudiera beneficiar también de la devolución. Son unos 79.000 empleados públicos. Habrá que aprobar “lo antes posible” un cambio legislativo.
¿Qué pasa los niños nacidos antes de 2014?
La ministra de Hacienda asegura que “habrá que estudiarlo de forma individualizada y si corresponde, se le devolverá”. Según Montero el impacto de esta devolución está ya contemplado en los objetivos de déficit y que la devolución no hace que varíe la cifra. Así, ha señalado que si hay prórroga presupuestaria, el objetivo de déficit sería del 2,2%, mientras que con la aprobación de los Presupuestos sería del 1,8%.
Las madres y padres que lo soliciten, además, tendrán derecho a recibir intereses de demora de Hacienda. No obstante, esto solo se producirá en los casos en los que en la declaración de la Renta correspondiente, al afectado le haya salido a ingresar. Los que tuvieron un resultado positivo, es decir a devolver, no podrán beneficiarse de estos intereses extra abonados por Hacienda.