La jubilación cambia para siempre desde este mes de abril: el requisito que debes cumplir este 2025 para jubilarte casi 4 años antes

Desde el 1 de abril, España ha puesto en marcha una reforma en su sistema de pensiones que supone cambios importantes en distintas modalidades, como la jubilación activa, la demorada y la parcial. Te contamos todos los detalles

Pensionistas

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María BanderaEuropa Press

Publicado el

4 min lectura

Giro en las pensiones en España. Desde el pasado 1 de este mes abril, España ha implementado una reforma en su sistema de pensiones que introduce cambios significativos en varias de sus modalidades: jubilación activa, demorada y parcial

La idea es ofrecer a los trabajadores una transición más flexible y progresiva hacia su jubilación, adaptándose a las diversas circunstancias laborales y personales.

Jubilación Activa: Compatibilizar Trabajo y Pensión

Una de las novedades afecta a la jubilación activa, la que permite a los trabajadores que han alcanzado la edad ordinaria de jubilación continuar trabajando mientras perciben una parte de su pensión. 

Con la nueva reforma, se eliminan los requisitos previos que limitaban el acceso a esta modalidad. Hablamos de la necesidad de contar con una carrera de cotización completa. Ahora, es posible acceder a esta jubilación con al menos 15 años cotizados, de los cuales dos deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación. 

Además, se introduce una escala progresiva que incrementa el porcentaje de la pensión según los años que se vaya a compatibilizar pensión y trabajo activo: 

  • Si la demora es de un año, el porcentaje correspondiente de la pensión será del 45%
  • Si es de dos, 55%, 
  • Si de tres años, 65%
  • Si es de cuatro años, 80%
  • Y, si la demora es de cinco o más años, se podrá percibir hasta el 100% de la prestación.

Por cada 12 meses de actividad profesional ininterrumpida en jubilación activa, la pensión se incrementará en cinco puntos porcentuales, sin superar el 100% de la pensión. 

Con los cambios, esta modalidad ahora es compatible con los incentivos de demora, permitiendo un incremento adicional del 2% en la pensión por cada seis meses de retraso en la jubilación a partir del segundo año.

Pensionista

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Jubilación Demorada: Incentivos por Retrasar el Retiro

La jubilación demorada se refiere a la decisión voluntaria de posponer el retiro más allá de la edad ordinaria de jubilación. Con la reforma, se introducen incentivos adicionales. Por cada seis meses de demora a partir del segundo año, se otorga un incremento del 2% en la pensión, en lugar de esperar a completar un año completo para recibir dicho beneficio como hasta ahora. 

Desde 2022, existen opciones como un aumento del 4% de la pensión por cada año de demora, un pago único por cada año de retraso cuya cuantía depende de la base reguladora de la pensión, o una combinación de ambas.

Jubilación Parcial: Reducción de Jornada y Cobro de Pensión

La jubilación parcial permite a los trabajadores reducir su jornada laboral y complementar su salario con una parte proporcional de la pensión. Con la nueva normativa, se amplía la posibilidad de anticipar la jubilación parcial hasta tres años antes de la edad ordinaria, en lugar de dos. La reducción de jornada permitida oscila entre el 25% y el 75%, ofreciendo mayor flexibilidad. 

Además, se mejoran las condiciones para el trabajador relevista.  A partir de ahora, su contratación deberá ser indefinida y a tiempo completo, lo que garantiza mayor estabilidad en el empleo.

Un hombre anciano en un banco mirando hacia el parque

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Un hombre anciano en un banco mirando hacia el parque

Acceso a la Jubilación Anticipada

La jubilación anticipada permite retirarse antes de la edad ordinaria establecida. En 2025, la edad mínima para acceder a esta jubilación de forma voluntaria es de 64 años y ocho meses. Para ello es necesario haber cotizado al menos 35 años, y si la carrera laboral es más extensa, es posible adelantar el retiro a los 63.  Esto supone, que si en España la edad de jubilación ordinaria es actualmente de 66 años y 8 meses, en caso de reunir los requisitos, podríamos jubilarnos hasta 3 años y 8 meses antes. 

Además, la pensión resultante debe ser superior a la pensión mínima que correspondería al trabajador al cumplir 65 años. En caso de jubilación anticipada, se aplican coeficientes reductores que disminuyen la cuantía de la pensión según el número de meses de adelanto y el periodo de cotización acumulado.

En caso de adelantar la edad de jubilación, la Seguridad Social aplica una serie de penalizaciones representadas como coeficientes reductores sobre  la cuantía de la pensión, que dependen del número de meses de adelanto de la edad de retiro y del periodo de cotización acumulado. Esta  penalización se aplica tanto a retiros adelantados voluntarios como involuntarios.

Los coeficientes reductores van desde el 21% al 3,26% según la anticipación del retiro; a más años cotizados, el porcentaje de descuento  sobre la pensión disminuye y con menos años cotizados, se incrementa la penalización.

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