Multas de hasta 600.000 euros: la medida obligatoria para las comunidades de vecinos que afecta a los pisos de alquiler y entra en vigor este abril
El próximo 3 de abril entra en vigor la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal y así es como afecta a todas las comunidades de vecinos.

Comunidad de vecinos
Madrid - Publicado el
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El mes de abril llega con novedades importantes para las comunidades de vecinos por la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal. A partir del próximo día 3 de abril entra en vigor la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Los cambios afectan a los propietarios que quieran poner en alquiler turístico su vivienda y que, a partir de esa fecha, requerirán de la aprobación de la junta de vecinos.
En concreto, necesitarán una mayoría en la votación del visto bueno de tres quintas partes del resto de propietarios para que un piso pueda comenzar a alquilarse como vivienda turística.
La finalidad es evitar los habituales conflictos vecinales por este tipo de alquileres que, en muchas ocasiones, causan el malestar en la comunidad porque los inquilinos temporales no respetan las normas ni favorecen el descanso a determinadas horas.

Portal con una vivienda turística
multas de hasta 600.000 euros
Aquellos propietarios que quieran ofertar su vivienda como alquiler turístico, y que no hayan pedido permiso a sus vecinos, podrán enfrentarse a sanciones de hasta 600.000 euros, aunque la multa dependerá de cada comunidad autónoma.
En cualquier caso, los vecinos podrán denunciar a quienes alquilen su piso como alojamiento turístico sin contar con el visto bueno de la comunidad de propietarios.
Eso sí, previamente, deberán emitir un aviso al propietario en cuestión para que cese su actividad. En el caso de ignorar dicho aviso, se podrá proceder a interponer las medidas legales oportunas.
sin carácter retroactivo
Sin embargo, esta nueva normativa no tiene carácter retroactivo, por lo que los propietarios que lleven desarrollando esta actividad con anterioridad al 3 de abril no se van a ver afectados por estos cambios. Es decir, la modificación de la ley solo repercutirá en los nuevos alquileres turísticos.
El visto bueno deberá aprobarse en junta de vecinos por tres quintas partes de la comunidad, tal y como se refleja en el nuevo apartado 3 del artículo 7.
Una mayoría que será también necesaria si los vecinos quieren imponer alguna cuota especial o incrementar el aporte a los gastos comunes del piso turístico en cuestión, que no podrá superar, eso sí, el 20%.
En la normativa no se especifica cuándo deberán celebrarse dichas juntas, por lo que la votación se podrá llevar a cabo en una junta ordinaria, es decir, en aquella que se celebra por norma una o dos veces al año, dependiendo de la comunidad de vecinos, o en una junta extraordinaria, que es aquella que puede convocar el presidente o una cuarta parte de los propietarios.

Cartel que indica que hay al menos un piso turístico
precedentes
El Tribunal Constitucional ha avalado recientemente la ley que restringe los pisos turísticos en los municipios de Cataluña y que ahora entrará en vigor a nivel estatal.
Desde el año 2019, las comunidades de propietarios tienen derecho a limitar la actividad turística en sus edificios, tal y como se refleja en el Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, pero a partir del próximo 3 de abril se dará un paso más para que los vecinos tengan capacidad para prohibir el desarrollo de esta actividad en su bloque de pisos.
400.000 pisos turísticos
Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) en el noviembre del 2024 había en España cerca de 400.000 viviendas de uso turístico (VUT), la cifra más elevada hasta la fecha y que supone una velocidad de expansión interanual que supera el 15%.
De hecho, una tercera parte de los alojamientos turísticos en nuestro país se basan en este modelo.
La inseguridad jurídica que dotan a los propietarios normas como la Ley de Vivienda sigue empujando el trasvase del mercado del alquiler convencional a los pisos turísticos.