La Fiscalía dice que el estado de alarma no basta para prohibir manifestaciones

El Ministerio Público señala que hay que hacer una ponderación entre los derechos fundamentales y la realidad sanitaria de cada provincia

La Fiscalía dice que el estado de alarma no basta para prohibir manifestaciones

Patricia Rosety, jefa de Tribunales de COPE

Publicado el - Actualizado

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El Ministerio Público señala que la vigencia del estado de alarma no supone por sí mismo una justificación jurídica apta y suficiente para prohibir una manifestación, pero tampoco puede ignorarse la situación sanitaria generada por la pandemia. La Fiscalía señala que hay que hacer una ponderación entre los derechos fundamentales y la realidad sanitaria de cada provincia y que sólo podrán prohibirse cuando existan razones fundadas de orden público, con peligro para personas o bienes. Es decir, estudiar caso por caso.

De este modo, el Ministerio Público recurre a las pautas marcadas por el Tribunal Constitucional y señala que hay que ajustar la lógica a las condiciones actuales, de modo que se puedan garantizar de manera real y efectiva las medidas de prevención del riesgo de contagio en cada una de las fases.

Destaca el escrito del Fiscal del Supremo Pedro Crespo, de la sala de lo Contencioso-Administrativo, enviado a las fiscalías provinciales, que cada fiscal tiene que analizar con precisión y valorar detalladamente la suficiencia, la calidad, la viabilidad y la posibilidad de control eficaz de las circunstancias en cada convocatoria. De cara al 1 de mayo, el Tribunal Constitucional avaló la prohibición de la manifestación de Vigo porque dio preferencia al derecho a la vida frente a la manifestación. Ahora estamos en otra fase.

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