21 de enero

El derecho a la educación es poliédrico

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El derecho a la educación es poliédrico

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Los términos en los que está formulado el requerimiento del Ministerio de Educación a la Consejería de Educación de Murcia con motivo del pin parental reflejan una interpretación ideológica del derecho a la educación. El requerimiento afirma que la Consejería de Murcia ha vulnerado el artículo 27.1 de la Constitución. Ese punto uno del artículo consagra el derecho a la educación, pero se completa con todo el artículo, que en su punto dos aclara que la educación respetará los principios democráticos y los derechos y libertades fundamentales. Y en su punto tres establece que los padres tienen derecho a que los niños reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

El Gobierno de Sánchez ha hecho una interpretación en beneficio propio de esos tres puntos del artículo 27. El requerimiento considera “accesorio” el derecho de los padres a la formación religiosa y moral que elijan, mientras lo sustancial sería el derecho a la educación y el respeto a los principios democráticos.

Esta interpretación de la regulación constitucional no puede sustentarse en la jurisprudencia. Es insostenible, como pretende el Ministerio, que el derecho de los padres tenga un valor menor o un valor simplemente complementario. Los derechos siempre son poliédricos. Tan esencial es al derecho a la educación y la libertad de enseñanza, como el respeto a los derechos constitucionales y a las convicciones de los padres. En ocasiones las diferentes dimensiones del derecho a la educación pueden entrar en conflicto, pero el problema no se resuelve con interpretaciones parciales o descaradamente ideológicas.

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