La DGT advierte: el cambio en los radares de tráfico que ha entrado en vigor este mes de junio

Esta modificación afecta a las multas que ponen tanto los radares fijos como los móviles, por lo que es muy importante tenerla en cuenta

La DGT advierte: el cambio en los radares de tráfico que ha entrado en vigor este mes de junio

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Los radares llegaron a España en los años 70 y desde entonces, estos dispositivos controlan la velocidad en multitud de puntos de nuestras carreteras.

En estos cincuenta años han evolucionado de forma notable, hasta ser cómo los conocemos en la actualidad. A la hora de medir la velocidad a la que circula un vehículo, los radares cuentan con un margen de error de algunos kilómetros, conocido como margen de tolerancia. Sin embargo, esta cantidad que ha cambiado de forma notable este mes de junio.

Cambio en los radares de velocidad

Hasta la fecha, los radares ubicados en las carreteras españolas seguían la norma del 5 y del 7. Esto significa que en las carreteras cuyo límite es de 100 kilómetros por hora o inferior, el margen para multar se ubica 5 kilómetros por encima del límite en los radares fijos, mientras que para los móviles el margen sube hasta los 7 kilómetros.

La DGT advierte: el cambio en los radares de tráfico que ha entrado en vigor este mes de junio

En aquellas cuya velocidad máxima es superior a los 100 kilómetros por hora, se aplica de forma similar, pero con porcentajes. Es decir, el radar fijo salta si vas un 5% del límite permitido y en los móviles te sancionan cuando superas al 7%.

Desde la Dirección General de Tráfico (DGT)han decidido modificar estos márgenes, con el objetivo de aumentar la seguridad al volante y reducir el riesgo de mortalidad, buscando que los conductores cumplan, con más rigor, con los límites de velocidad establecidos.

Ahora, la regla que se aplique será la del 3 y la del 5. Es decir, en carreteras limitadas a 100 kilómetros por hora o menos, el margen será de 3 kilómetros para los radares fijos y de 5 para los móviles.

Por su parte, en las vías con un límite de velocidad superior, se aplica de forma similar pero con los porcentajes. Es decir, el radar fijo te multará si superas la velocidad permitida en un 3%, mientras que el móvil hará lo mismo cuando vayas más del 5% por encima.

Teniendo en cuenta todos estos porcentajes, para evitar una multa y, sobre todo, tener un accidente al volante, lo mejor es no sobrepasar el límite de velocidad permitido en la vía por la que estemos circulando, fiándonos del velocímetro de nuestro coche o, en su defecto, de la velocidad que nos indique nuestro GPS.

La DGT advierte: el cambio en los radares de tráfico que ha entrado en vigor este mes de junio

La historia del radar de tráfico en España

La historia de los radares en nuestro país se remonta a marzo de 1970, en las dos grandes ciudades de nuestro país, Madrid y Barcelona. El tercer mes de ese año entraban en funcionamiento dos unidades, que llegarían a ser cerca de 40 al finalizar los doce meses, y estaban limitados a 150 km/h.

Los dispositivos de control de velocidad los componían un radar y un fotocontrol sincronizados. Gracias al primero, se podía averiguar la velocidad, mientras que el segundo proporcionaba una fotografía de la infracción, que permitía conocer la fecha exacta, la hora y la velocidad a la que se circulaba.

A día de hoy, existen distintos tipos de radares, desde los fijos, cada vez más modernos y capaces de multar a varios carriles a la vez; los de tramo, que calculan la velocidad mantenida desde punto a otro de medición; además de los móviles, los ubicados en los semáforos o en los helicópteros, con el archiconocido Pegasus, el precursor mundial de los voladores.

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