Una trabajadora de un supermercado de Santander roba por valor de 24 euros y, tras 24 años en la empresa, toman una decisión
La empleada en cuestión empezó a trabajar en la cadena en 1998 y en diciembre de 2022, durante la jornada laboral, separó unos pendientes con sus blísteres del estand en el que se encontraban

Joyas hechas a mano a la venta en un puesto de mercado
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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha confirmado recientemente la procedencia del despido disciplinario de una empleada de Carrefour en Santander, tras ser sorprendida robando tres packs de pendientes por un valor total de 23,97 euros. La decisión llega después de una larga carrera de más de 24 años en la cadena de supermercados, donde la trabajadora, que comenzó a trabajar en la empresa en 1998, pasó por diversos puestos en el establecimiento, siempre con una trayectoria aparentemente intachable.
El suceso que desencadenó el despido ocurrió en diciembre de 2022, cuando la empleada, en su jornada laboral, retiró unos pendientes con sus blísteres de un estand de joyería ubicado dentro del supermercado. Según el relato de los hechos, la trabajadora, al finalizar su jornada, pasó por la línea de cajas con una sudadera en la que ocultaba los pendientes sustraídos. El robo fue detectado por una auxiliar de caja, quien, al manipular la prenda, notó que algo no cuadraba. La empleada, sorprendida, respondió con una frase que, según testigos, denotaba cierta sorpresa ante la situación: "¿Cómo es posible que la gente meta cosas dentro de las prendas?".
Este comportamiento fue suficientemente sospechoso como para que la auxiliar de caja alertara al jefe de seguridad, quien luego informó a la empresa y abrió una investigación interna. Durante la misma, se descubrió que la trabajadora estaba al tanto de que los productos en cuestión no disponían de sistema de alarma, lo que indicaba una clara intención de hurtar. A pesar de la evidencia, la empleada intentó explicar el incidente y, según la investigación, cambió varias veces su versión de los hechos.

Supermercado Carrefour en España
Lo que más sorprende en este caso es que la trabajadora llevaba nada menos que 24 años en la empresa, lo que hacía del despido una decisión especialmente delicada. En enero de 2023, la empresa le notificó el despido disciplinario, basándose en la gravedad de la infracción cometida, tipificada como muy grave en el Convenio Colectivo Estatal de Grandes Almacenes, al que estaba adherida tanto la cadena como la empleada. Según el artículo 55 del convenio, el robo de mercancía, independientemente de su valor, implica una violación de la buena fe contractual y un abuso de confianza que, en este caso, resultó en la pérdida de confianza por parte de Carrefour.
Un incidente durante su jornada laboral
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, tras la demanda interpuesta por la trabajadora, ratificó la procedencia del despido, desestimando el recurso interpuesto. En su sentencia de diciembre de 2023, el tribunal consideró que las pruebas obtenidas, incluidas las grabaciones de las cámaras de seguridad, corroboraban los hechos denunciados. Cabe destacar que todos los empleados del establecimiento eran conscientes de la existencia de las cámaras, que estaban claramente indicadas en los contratos laborales.
Carrefour defendió la decisión de despedir a la empleada, argumentando que la transgresión de la buena fe contractual y la vulneración de la confianza son elementos fundamentales en cualquier relación laboral. A pesar de la antigüedad de la trabajadora, la empresa sostuvo que su comportamiento mostraba una ausencia total de los valores éticos que deben regir el desempeño laboral, lo que hacía imposible mantener cualquier relación laboral.
Por su parte, la empleada alegó que ciertos hechos probados en la sentencia de instancia no habían sido suficientemente demostrados durante el juicio. Sin embargo, el tribunal consideró que las pruebas eran claras y concluyentes. En su fallo, destacó que la trabajadora era perfectamente consciente de su comportamiento, ya que los pendientes, con sus cartones, ocupaban un espacio significativo en su sudadera, lo que resultaba imposible de ignorar al colocar la prenda en el carrito de compras y posteriormente en la cinta de caja.

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El caso subraya la importancia de la confianza mutua en el ámbito laboral. Carrefour, al igual que muchas otras empresas, tiene la responsabilidad de proteger sus activos y velar por el comportamiento ético de sus empleados. Aunque la trabajadora había dedicado más de dos décadas de su vida a la cadena, la falta de integridad en su conducta llevó a la empresa a tomar una decisión difícil pero necesaria.
Una lección sobre la confianza en el trabajo
La sentencia resalta, además, la relevancia de las cámaras de seguridad en los centros comerciales y la necesidad de que los trabajadores comprendan que cualquier infracción en su comportamiento puede ser registrada y utilizada en su contra. En este caso, la evidencia fue irrefutable.
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria dejó claro que no solo el valor de los productos robados, sino el comportamiento de la trabajadora y su falta de arrepentimiento, fueron factores determinantes en la decisión judicial. Con ello, se confirma que las infracciones graves, como el robo, no tienen justificación, independientemente de la antigüedad de la persona implicada.