Un coruñés busca compañía en la sección de contactos de un periódico y acaban estafándole 72.000 euros

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera probado que la mujer, de Leganés (Madrid), lo engañó para conseguir que le entregase casi 72.000 euros

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Noela Bao

Coruña - Publicado el - Actualizado

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña en la que condenó a dos años y medio de cárcel a una vecina de Leganés (Madrid) que estafó a un residente en A Coruña. Le hizo creer que se casaría con él cuando, en realidad, su única intención era hacerse con su dinero.

Sede del TSXG

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El hombre puso un anuncio en septiembre de 2017 en la sección de contactos de un periódico digital en el que indicaba que “necesitaba compañía”. Dejó su número de teléfono “por si alguna mujer estuviera interesada en una relación estable de pareja”. En él, la víctima, de 66 años, se describía como “una persona cariñosa, honrada y sensible”.

 Una precipitada oferta de matrimonio  

El alto tribunal gallego avala el relato de hechos probados de la sentencia de primera instancia, en el que se indica que, al día siguiente, la acusada, de 44 años, contactó con él “y le hizo creer que aceptaba la propuesta y que pensaba trasladarse a A Coruña para convivir y casarse”. Sin embargo, “lo que se proponía era obtener todo el dinero posible, convenciéndolo, primero, de su enamoramiento y, luego, de múltiples y ficticias adversidades o enfermedades graves, propias o de familiares”.

De esta forma, según añade el tribunal en la sentencia, logró que “el persuadido uniera a su dependencia física en silla de ruedas otra emocional” y consiguió que le entregase un total de 71.900 euros. No solo era el dinero de sus ahorros, sino también de los préstamos que pidió para poder hacer frente a ese supuesto infortunio.

 Probado el engaño  

El TSXG rechaza que se haya vulnerado la presunción de inocencia de la sospechosa, pues destaca que comparece en la vida de la víctima “poniendo de manifiesto –y aquí está el engaño- que está dispuesta a ser esa compañera de vida solicitada y, es en tal contexto, cuando comienza a relatar todo tipo de problemas que requieren que se le entregue dinero”.

Los magistrados destacan que “si la acusada no hubiera llamado la atención del afectado para ocupar esa condición de esposa o compañera, es evidente, no hubiera recibido dinero alguno”. Contra el fallo del TSXG cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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