Carlos Herrera no olvida la dura pérdida que le hizo tomar una decisión: "Falleció"

La conversación ha tenido lugar hablando de la Ley de Bienestar Animal, que ha entrado en vigor este viernes 29 de septiembre

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La dura pérdida que Carlos Herrera no olvida y que le hizo tomar una decisión

Redacción Herrera en COPE

Publicado el - Actualizado

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Este viernes entra en vigor la Ley de Bienestar Animal, una nueva normativa que incluye una lista de obligaciones y sanciones de hasta 200.000 euros, además de prohibiciones como dejar sin supervisión a las mascotas, usarlas en espectáculos públicos o someterlas a trabajos excesivos.

Antonio Naranjo ha querido comentar la normativa con Carlos Herrera, pero antes de analizar los detalles, ha preguntado al comunicador si ha tenido alguna mascota. El director y presentador de 'Herrera en COPE' ha contado que sí fue así y ha explicado la decisión que tomó tras este hecho. Escucha su narración en el audio destacado.

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Claves de la nueva ley de Bienestar Animal

Con la entrada en vigor este viernes de la ley de bienestar animal, la Policía podrá multar con hasta 10.000 euros a quienes dejen a sus perros en la puerta de un supermercado o cualquier otro establecimiento y queda prohibido, entre otras cosas, emplear collares eléctricos. También estará sujeto a sanciones dejar a un animal en el interior de un vehículo o en condiciones térmicas que puedan atentar contra su vida, así como mantenerlos de forma permanente en una terraza, sótano o balcón, ha informado la Policía Nacional.

- ¿Qué estará prohibido?

El maltrato y abandono de mascotas estará prohibido en España. Por el momento no será obligatorio el curso de tenencia de perros ni el seguro de responsabilidad civil a la espera de un reglamento que no ha podido aprobarse porque el Gobierno está en funciones. La norma prohíbe el sacrificio de animales de compañía en los centros de protección animal y no podrán ser sacrificados por falta de espacio o por motivos económicos.

- ¿Dónde podrán adquirirse perros de compañía?

Las tiendas que comercializan gatos, hurones y perros tendrán que dejar de venderlos, porque solo podrán adquirirse desde un criador; la normativa recoge un plazo transitorio de doce meses a los establecimientos para que se adapten.

- ¿A cuánto ascienden las sanciones?

La ley establece sanciones económicas que van desde los 500 a los 200.000 euros dependiendo de la gravedad de la infracción.

- ¿Qué animales estarán excluidos?

La normativa excluye a los perros de caza y a los de otras actividades profesionales.

- ¿Cuándo se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE)?

Hace medio año; el pasado 28 de marzo.

- ¿Qué se considera animal de compañía?

Además de los perros, gatos y hurones, los incluidos en un listado elaborado por Ministerio de Derechos Sociales; asimismo los de producción que hayan sido inscritos por sus titulares como animales de compañía.

- ¿Podrán estar solas las mascotas?

Los animales de compañía no podrán dejarse sin supervisión durante más de tres días consecutivos; en el caso de los perros, el límite de tiempo es menor, no más de veinticuatro horas consecutivas.

- ¿Qué otras obligaciones se exigirán a los dueños?

Identificar a sus mascotas, garantizar servicios sanitarios, recurrir a un profesional de comportamiento de animales cuando existan problemas de convivencia, evitar la reproducción indiscriminada o manejarlos con métodos que no les causen sufrimiento.

- ¿Qué especies estarán permitidas en los hogares?

Un listado positivo contendrá las especies domésticas permitidas.

- ¿Qué será motivo de infracción?

Será infracción grave utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción, así como su uso como reclamo publicitario sin autorización. Asimismo, el abandono de uno o más animales, la no denuncia de la pérdida o sustracción del animal y dejar de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.

Se considerará muy grave el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros ejemplares o personas. También la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.

Los circos dejarán de usar animales silvestres en cautividad en sus espectáculos; dispondrán de un plazo transitorio de seis meses para modificar su actividad y entregar sus ejemplares a centros de recuperación de animales silvestres u otros espacios que garanticen su bienestar.

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