Ni se te ocurra: estas son las multas si falsificas la pegatina de la ITV o si pasas la inspección tarde
Con la llegada de las vacaciones, se convierte en fundamental tener el coche en condiciones óptimas para afrontar viajes de larga distancia
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Todas las personas con vehículo tienen la obligación de pasar la Inspección Técnica de Vehículos, conocida coloquialmente por sus iniciales: la ITV. Es la revisión que los coches deben pasar cada cierto tiempo en función de su antigüedad. En el caso de los vehículos, tienen su primera cita con la ITV cuando cumplen cuatro años desde la fecha de su primera matriculación.
El objetivo de la misma es verificar que el coche cumple con todas las condiciones de seguridad necesarias para circular. Existen tres tipos de valoraciones: la favorable (que todo está correcto), la desfavorable (hay un fallo mínimo que se puede arreglar llevando el coche al taller) y la negativa (se da por la acumulación de fallos graves y exige que sea una grúa la que lleve el coche a arreglar).
En caso de adquirir una valoración favorable, el conductor obtiene la pegatina que debe colocarse en un sitio visible donde se indica la fecha de la próxima revisión. Dicha pegatina es obligatoria y no llevarla puede tener consecuencias económicas para el conductor del coche.
Además de tener dicha pegatina visible en nuestros coches, es importante que está actualizada y en vigor. Circular con la ITV sin actualizar está sancionado con multas que alcanzan los 200 euros y, si circulas con un resultado negativo y desfavorable pueden multarte con 500 euros. Pero más allá del resultado de la Inspección Técnica de Vehículos o de su caducidad, no llevar la pegatina visible comporta sanciones de 80 euros. Según informa el portal El Caso, también existen otros comportamientos por los que pueden multarte de manera más severa. Un ejemplo de ello es la falsificación de la pegatina de la ITV. Aquí hablaríamos de un delito de falsedad documental que puede conllevar hasta penas de cárcel.
Según el Código Penal, el delito de falsedad documental se produce cuando una persona modifica, altera, simula o falsifica un documento o una de sus partes. En este supuesto, la persona en cuestión puede ser sancionada con una multa económica que oscila entre los 6.000 y 12.000 euros y una pena de cárcel de entre 3 y 6 meses.
Los conductores tendrán que prestar especial atención a dos detalles en el estado de su vehículo, porque la ITV plantea, desde el pasado mes de enero, nuevas exigencias para el estado del coche. La primera de ellas es que no aprobará ningún vehículo que registre “cualquier fallo en el sistema de frenado ABS que llevan ya la gran mayoría de coches de nuestro parque automovilístico”.
Tampoco lo harán aquellos hayan sufrido “algún desprendimiento de los espejos retrovisores”, como comenta García. “Ambos se consideran defectos graves, antes del verano eran faltas leves y en estos supuestos solo podrán circular para el traslado del taller y, antes de dos meses deberá pasar de nuevo la ITV”. Eso sí, aclara el experto en motor de COPE que “no hay que repetir la revisión en el mismo taller, podemos elegir otro”.