Un abogado desvela el motivo por que el tu jefe puede obligarte a cancelar tus vacaciones de verano este 2024

Te contamos los motivos legales por los que podamos vernos obligarnos a 'cancelar' nuestras vacaciones.

Aeropuerto, archivo

María Bandera

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Con el verano a la vista seguro que ya has planteado a tu jefe o estás a punto, las fechas que deseas para disfrutar de tus vacaciones de verano.

En el caso de España el artículo 38 del Estatuto de Trabajador deja claro que todos los trabajadores disponemos de 30 días naturales de descanso como mínimo durante el año. Es decir, un equivalente a 2,5 días por mes trabajado.

Lo que no hace referencia es a las fechas en las que se pueden disfrutar por lo que tendremos que recurrir a los convenios colectivos de cada empresa.

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Oficina de trabajo, archivo


Mutuo acuerdo

Por lo general el calendario de las vacaciones se establecen de común acuerdo entre empresarios y trabajadores. En España el trabajador no puede decidir unilateralmente los días de vacaciones. "Es muy curioso porque el derecho laboral español que concede tantos beneficios siempre al trabajador, en el caso de las vacaciones este no puede elegir, aunque la empresa tampoco puede obligar a unos días determinados, salvo que el convenio colectivo del sector especifique los días de obligado descanso", explica en COPE el economista Fernando Trías de Bes.

Eso sí, se deberán conocer las fechas al menos dos meses antes del comienzo de su disfrute, salvo que el convenio colectivo establezca un plazo mayor.

Exactamente el Estatuto de los Trabajadores dice que "el período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones" al que están sujetos ambas partes.

Llegado a este punto puede darse el caso de que aún teniendo nuestras vacaciones cerradas, podamos vernos obligados a cancelarlas. Las razones las detalla el abogado laboralista Ignacio de la Calzada Gonzalez, en su cuenta de Instagram.

Vacaciones, archivo

Dos meses de antelación

Puede darse el caso si no se han pedido las vacaciones "con la antelación suficiente". La ley explica el experto, "establece que el trabajador tiene que saber con dos meses de antelación las fechas, por lo que "si lo pide con menos tiempo, se pueden denegar".

Puntas de producción

En caso también de que se soliciten en "épocas que están prohibidas en tu empresa". Es por tanto también legal, según explica "que algunas compañías durante ciertos periodos, como Navidad ,verano o épocas de puntas de producción-, nieguen las vacaciones por haber mucho trabajo y porque no puedan prescindir de personal".

Todos a una

Otra razón sería que todo el mundo pidiera las vacaciones en la misma época. "Está claro que si te vas a quedar sin nadie, las puedas denegar".

Días sueltos

Por último, advierte el abogado laboralista, se puede rechazar dar días sueltos. "No se tiene por qué conceder días sueltos, las vacaciones normalmente se suelen conceder con un mínimo de entre una semana y 15 días".

Pactar con los compañeros

Puede darse el caso de que si coincidimos en fechas con otros compañeros, tratemos de ponernos de acuerdo sobre los turnos de descanso estival. Pero puede suceder que al final nadie quiera dar su brazo a torcer.

Al respecto no hay una normativa, pero sí jurisprudencia. El economista, Fernando Trías de Bes explica que "los tribunales han reconocido tres situaciones prioritarias: la situación familiar, la antigüedad de la persona y la edad, en la que los más mayores escogen antes".

Por escrito

Importante también a la hora de pedir tus vacaciones que lo hagas por escrito para que quede constancia ante cualquier posible reclamación.

Importante también que la empresa te conteste. "Si no lo hace y tú insistes, al final se puede llegar a dar por tácito el silencio", concluye De Bes.

00:00
Trías de Bes analiza en La Tarde cómo son las vacaciones en España

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