Las comisiones, al detalle: ¿Son ilegales? ¿Cuándo son constitutivas de delito? ¿Deben declararse?

La compra de mascarillas en Madrid o el caso de Piqué y Rubiales nos llevan a hacernos una serie de preguntas sobre las comisiones y cuándo son consideradas delito

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Las comisiones, al detalle: ¿Son ilegales? ¿Cuándo son constitutivas de delito? ¿Deben declararse?

Patricia Blázquez Serna

Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Las comisiones han ganado especial relevancia en nuestro país. Dos años después de que comenzara la pandemia, es cuando estamos empezando a conocer algunas de las comisiones de muchos empresarios en la compra de material sanitario. Por un lado, las comisiones del contrato del hermano de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Anticorrupción inició una investigación para saber si la presidenta intervino para favorecer a la empresa adjudicataria.

Poco después conocimos el caso de Luis Medina y Alberto Luceño, ambos relacionados con la compra de mascarillas del Ayuntamiento de Madrid y llevarse una comisión de casi seis millones de euros por intermediar entre la empresa y la Administración. Con estas comisiones, ambos se hicieron con la compra de diversos artículos de lujo. Mientras, el Ayuntamiento culpó a Medina del "sobrecoste oculto" y alegó que había sido víctima de una estafa.

No solo con la pandemia. También el mundo del fútbol ha vivido muy de cerca el asunto de las comisiones. Hace unos días, 'El Confidencial' publicó unos audios entre el presidente de la Federación Española de Fútbol (RFEF) y el jugador del FC Barcelona, Gerard Piqué, por el cobro de una millonaria comisión por llevar la Supercopa de España a Arabia Saudí.

Las comisiones, al detalle

Todos estos casos nos llevan realmente a preguntarnos si estas comisiones son (o no) legales y cuándo podrían comenzar a ser constitutivas de delito. Álvaro Escudero es abogado especializado el Derecho Penal y ha asegurado a COPE que estas comisiones, "por regla general no son delitos". De hecho, ha apuntado, "no están contempladas en el Código Penal". ¿Qué tendría que ocurrir entonces para que una comisión sea ilegal? Escudero ha matizado que tendría que tratarse "de una infracción contra la ley".

En este sentido ha puesto como ejemplo "negocios que de por sí no son legales, como puede ser tráfico de drogas, sustancia o material que no esté permitido". No obstante, los tres casos que hemos mencionado anteriormente "parece ser que sí son legales porque son negocios válidos y no infringen la ley en ningún punto".

Por otro lado, Escudero ha querido matizar que en los casos de las Administraciones Públicas (Ayuntamiento y Comunidad de Madrid), es necesario "respetar la normativa que regula estos procesos". De hacerse así y siempre y cuando "siempre y cuando la normativa no prohíbe que haya comisionistas ni exige que debe haber un concurso público, no debe haber ningún problema".

En último lugar, ha recordado la necesidad de declarar los ingresos de estas comisiones a Hacienda. De no hacerlo, ha matizado el abogado especializado en Derecho Penal, "es una infracción administrativa del ámbito fiscal". A continuación, Escudero ha subrayado que de superar la cuantía de 120.000 defraudados, "se puede llegar a cometer un delito fiscal".

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