Las competencias de la JEC, de las que duda Lastra, fueron introducidas por Zapatero con el apoyo de CiU

Adriana Lastra ha criticado las resoluciones de la Junta Electoral Central, pese a que el PSOE de Zapatero fue quien modificó la LOREG

Las competencias de la JEC, de las que duda Lastra, fueron introducidas por Zapatero con el apoyo de CiU

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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En las últimas horas hemos sufrido un terremoto político tras los comunicados emitidos por la Junta Electoral Central, en los que retira el acta de parlamentario catalán a Torra (lo que le inhabilita como Presidente de la Generalitat), y anula la inmunidad de Junqueras. Esto ha supuesto un revés, no solo para los independentistas, pues desde el PSOE, liderados por Adriana Lastra, no han dudado en poner en entredicho que la Junta Electoral Central tenga tales atribuciones.

La JEC torpedea el pacto de Sánchez con los independentistas

En concreto, la portavoz socialista, y una de las encargadas de la negociación con Esquerra, ha asegurado que tiene "serias dudas" de que la Junta Electoral Central sea competente para acordar la inhabilitación de Quim Torra y Oriol Junqueras y espera que el máximo órgano judicial, que es el Tribunal Supremo, responda cuanto antes.

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PSOE tiene serias dudas de que la JEC pueda inhabilitar a Torra y Junqueras

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La Junta Electoral Central, ha insistido Lastra, que no ha aceptado preguntas en su comparecencia en el Congreso, "no es un órgano jurisdiccional, es un órgano administrativo".

Lastra olvida que Zapatero modificó la LOREG

Lo que no parece conocer Lastra es el hecho de que la actual ley que rige el funcionamiento y las atribuciones de la Junta Electoral Central, hoy puesta en entredicho, fue aprobada en 2011 por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero con el apoyo de la extinta Convergencia, de la que paradójicamente es heredero el hoy inhabilitado Quim Torra.

El BOE con fecha de 29 de enero de 2011 recoge estas modificaciones impulsadas por los socialistas y asegura que: “Son inelegibles: Los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal.”.

Las redes se hacen eco

Como suele ser habitual en estos casos, las redes se han hecho eco de la contradicción en la que los socialistas han entrado por defender sus pactos con los independentistas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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