Un jubilado de La Rioja pierde su pensión por trabajar a la vez y no estar dado de alta: debe devolver casi 47.000 euros

Todo empieza cuando la Inspección de Trabajo detecta que este trabajador era pensionista desde 2014 y, a la vez, estaba desarrollando una actividad económica como agricultor

Zaldierna La Rioja

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José Manuel Nieto

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4 min lectura

La compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo por cuenta propia es un tema que suele generar controversia. A menudo, los jubilados optan por seguir desarrollando una actividad económica tras su retiro, pero en ocasiones no cumplen con los requisitos legales establecidos por la normativa. Este es el caso de un jubilado de La Rioja que, tras compatibilizar su pensión con un trabajo como agricultor sin estar dado de alta en el régimen correspondiente, ha perdido su pensión y deberá devolver casi 47.000 euros.

Todo comenzó cuando la Inspección de Trabajo detectó que el trabajador, jubilado desde 2014, estaba desarrollando una actividad económica como agricultor por cuenta propia desde abril de 2020. Sin embargo, el trabajador no se había dado de alta en el régimen especial para trabajadores autónomos agrarios (SETA), lo que incumple la normativa que regula las compatibilidades entre la pensión y el trabajo por cuenta propia.

En consecuencia, la Seguridad Social actuó de oficio, dándole de alta en el SETA y abriendo un expediente para revisar su pensión de jubilación. La revisión reveló que, entre abril de 2020 y noviembre de 2022, el trabajador había percibido su pensión de manera indebida, ya que los ingresos generados por su actividad económica superaban el límite permitido para compatibilizar la pensión con el trabajo.

Mercado de Logroño La Rioja

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El caso llegó a los tribunales después de que el trabajador presentara una reclamación administrativa que fue desestimada. En su afán por recuperar su pensión, llevó el asunto al Juzgado de lo Social nº 3 de Logroño, que confirmó la incompatibilidad entre su pensión y su trabajo, y ordenó la suspensión de la pensión. Posteriormente, el trabajador interpuso un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, el cual también desestimó su recurso y confirmó la decisión de la Seguridad Social.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja

El tribunal determinó que el trabajador había incumplido las condiciones de compatibilidad establecidas en el artículo 213 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), al superar el límite de ingresos permitido y no haberse dado de alta en el SETA. Esta infracción resultó en la suspensión temporal de la pensión y la obligación de devolver 46.837 euros, que es la cantidad que había percibido de manera indebida durante el tiempo en que estuvo realizando su actividad económica sin cumplir con la normativa.

La Ley General de la Seguridad Social establece que los pensionistas jubilados pueden compatibilizar su pensión con una actividad económica, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. En este caso, el trabajador debía respetar el límite de ingresos establecido por la ley, que no puede superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en la mayoría de los casos. Además, era necesario que estuviera dado de alta en el SETA, el régimen especial para trabajadores autónomos agrarios, al tratarse de una actividad económica en el sector agrícola.

Sin embargo, el jubilado no cumplió con estos requisitos. A pesar de estar en activo como agricultor desde 2020, no se dio de alta en el SETA, lo que generó la incompatibilidad entre su pensión y su actividad laboral. Además, el trabajador intentó evitar las consecuencias legales de sus ingresos, intentando atribuir los beneficios obtenidos a su cónyuge, lo que fue interpretado por la Inspección de Trabajo como un intento de fraude.

Habitante típico de Zaldierna La Rioja

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La decisión del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja refuerza la postura de la Seguridad Social y deja claro que el incumplimiento de los requisitos establecidos para compatibilizar la pensión con el trabajo autónomo tiene graves consecuencias. Además de la suspensión de la pensión de jubilación, el trabajador deberá devolver la cantidad indebidamente percibida, que asciende a 46.837 euros.

Consecuencias de la decisión

Este caso subraya la importancia de cumplir con las normativas establecidas por la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo. Aunque la ley permite que los jubilados continúen trabajando por cuenta propia, siempre deben ajustarse a los límites de ingresos y a las obligaciones de alta en los regímenes correspondientes.

Este incidente pone de manifiesto la necesidad de que los jubilados que decidan compatibilizar su pensión con un trabajo autónomo se informen adecuadamente sobre los requisitos legales. La Seguridad Social y la Inspección de Trabajo vigilan de cerca estas situaciones, y no cumplir con la normativa puede acarrear consecuencias económicas importantes, como la suspensión de la pensión y la obligación de devolver lo percibido indebidamente.

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