¿En qué consiste la ley de la segunda oportunidad y quién puede acogerse a ella?

La ley lleva en vigor desde 2015 y en España no mucha gente se acoge a ella. El economista Fernando Trías de Bes nos explica cómo funciona y cómo podríamos acogernos a ella

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¿En qué consiste la ley de la segunda oportunidad y quién puede acogerse a ella?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Llevas muchos años siendo autónomo, el negocio va bien, tan bien que decides invertir y ampliar. Más maquinaria, contratas a dos personas, y pides un crédito. Pero la situación económica cambia de golpe, llega una crisis, las ventas bajan de repente, empiezas a perder dinero y te ahogan las deudas. Vas retrasando el pago de facturas, de proveedores y la bola se agranda. Tienes que despedir, hipotecas tu propia vivienda para subsistir, cada vez debes más y más. Decides cerrar pero la deuda la mantienes, estás en el listado de morosos y no puedes acceder a ningún otro préstamo. Un bucle del que no puedes salir. ¿Hay solución?

En 2015 entró en vigor en España la Ley de segunda oportunidad. Es un proceso administrativo que permite a una persona cancelar sus deudas por ley. Se trata de un mecanismo legal dirigido a particulares y autónomos sobrepasados por una situación de endeudamiento y que por circunstancias ajenas a su voluntad son incapaces de hacer frente a su pago. Les gustaría pagar pero no pueden. El economista y colaborador de La Tarde nos lo explica en Economía de Bolsillo.

“Esto no una ley es para listillos. Hay que determinar que se actúa de buena fe. No es una ley para eliminar todas las deudas así porqué sí. El objetivo es dar un auxilio. Es para gente que está realmente en la quiebra”

- ¿Que requisitos son necesarios para poder acogerse a esta ley?¿Se puede acoger cualquiera?

Es para deudas menores de cinco millones de euros. Hay que demostrar que no tienes patrimonio. Y determinar qué es la buena fe. Se refiere a demostrar que has intentado alcanzar un acuerdo, intentar encontrar una solución, para demostrar que has querido cumplir tus deudas. El último requisito es que no hayas sido declarado culpable un delito económico y no haberte acogido a esta ley en los últimos diez años.

En un primer momento las deudas con la administración pública no estaban incluidas en esta ley. Más adelante se creó jurisprudencia que terminó incluyendo este tipo de deudas. El juez mirará qué capacidad económica tienes y determinará qué cantidad peudes aún devolver y de cuáles no te vas a poder hacer cargo y te exonera de ellas.

En principio las deudas se eliminan para siempre. Ahora bien, si esa persona recibe una herencia millonaria o le toca la lotería los acreedores podrían intentar revocar la sentencia. Pero se trata de un cambio radical.

- ¿A quién le recomiendas acogerse a esta ley?

“Es un procedimiento que tiene un coste que puede llegar a superar los dos mil euros. Se lo recomendaría a personas que se den cuenta que tienen que hacer frente a unas deudas a las que es imposible hacer frente. Tienen que ser casos que los jueces lo vean muy claros.”

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