Entrada en vigor de la ley de los pisos turísticos: las actividades que quedan fuera de la nueva normativa
La reforma deja un vacío sobre el alquiler de habitaciones o los alquileres de temporada

Patricia Rosety explica que también la reforma de la Ley de los pisos turísticos deja un vacío sobre otras actividades similares
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Es fácil ver un trasiego de maletas en cualquier edificio de cualquier ciudad, sobre todo si es turística. Los pisos turísticos proliferaron en los últimos años. Molestan a las comunidades de vecinos, no agradan a los hoteles, pero facilitan el turismo a muchos ciudadanos. No había una legislación sobre ellos. En 2023 el Tribunal Supremo se pronunció ante un vació legal y sentó jurisprudencia. Y esa jurisprudencia decía que sólo se podían prohibir los pisos turísticos si los estatutos de la comunidad de propietarios lo prohibían expresamente.
Pero la ley cambia hoy. Entra en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal relativa a los pisos turísticos, sólo afecta a los pisos turísticos.

Vivienda de uso turístico
A los pisos turísticos nuevos. Si hasta ahora había que prohibirlos expresamente en los estatutos de la comunidad de propietarios, a partir de hoy, 3 de abril, las comunidades tendrán que autorizarlo explícitamente y por una mayoría de tres quintos, al menos de tres quintos. Si no se aprueba, queda prohibido por defecto, explica a COPE el abogado Alejandro Fuentes-Lojo, experto en Derecho Inmobiliario. Esta modificación no afecta a los ya existentes. Pero, hay otras modalidades similares, otros contratos de alquiler temporal a terceros, a los que no afecta la reforma y las comunidades se quedan indefensas. Modalidades como el alquiler de habitaciones, principalmente a estudiantes, pero también a trabajadores, o el alquiler de temporada nos cuenta Fuentes-Lojo.
Este abogado señala que el alquiler de temporada está de moda, se populariza en España, y cada vez más. El problema es que hay muchos pisos que se alquilan por dos o tres meses, no son viviendas turísticas, y no necesitan licencia. Las comunidades de propietarios también quieren prohibirlos, pero "la ley no dice nada, lo deja en un vacío legal, en un limbo, hasta que el legislador se dé cuenta y tenga que volver a reformar la ley". Para cambiar los estatutos se necesita la unanimidad de la comunidad. De poco sirve haber reformado la ley para una sola actividad y dejar fuera otras que van subiendo, dice Alejandro Fuentes-Lojo.

El legislador añade, "debería haber mirado un poco más allá". Las principales quejas de vecinos y propietarios son las fiestas, el trasiego de gente o la utilización abusiva de espacios comunes.